DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Miércoles, 13 de diciembre de 2023 Pág. 68366

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

EXTRACTO de 28 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por el que se publica la Resolución de 24 de octubre de 2023 mediante la que se deniega la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, se archiva el expediente instruido del parque eólico A Picota, sito en el ayuntamiento de Mazaricos (A Coruña) y promovido por el Parque Eólico A Picota, S.L., y se cancela una garantía económica depositada para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A 2018/012).

De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se deniega la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, se archiva el expediente instruido del parque eólico A Picota, sito en el ayuntamiento de Mazaricos (A Coruña) y promovido por el Parque Eólico A Picota, S.L., y se cancela una garantía económica depositada para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A 2018/012).

Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan

La antedicha Resolución de 24 de octubre de 2023 dispone lo siguiente:

1. Denegar la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones del parque eólico A Picota, sito en el ayuntamiento de Mazaricos (A Coruña) y promovido por la sociedad Parque Eólico A Picota, S.L., tras la declaración de impacto ambiental desfavorable formulada por la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático el 20 de enero de 2023.

2. Archivar el expediente del parque eólico A Picota (expediente IN408A 2018/012).

3. Cancelar la garantía depositada por el Parque Eólico A Picota, S.L. el 2 de junio de 2020, por importe de 420.000 € y número de registro 355/2020, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico A Picota.

Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución

1. El 27 de diciembre de 2017, Villar Mir Energía, S.L.U. depositó una garantía económica por importe de 420.000 € y número de registro 3614/2017, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico A Picota. El 5 de mayo de 2020, mediante la Resolución de la Dirección General de Energía y Minas, se canceló dicha garantía económica.

2. El 20 de marzo de 2018, Villar Mir Energía, S.L.U. presentó solicitud de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para el proyecto denominado parque eólico A Picota, al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG nº 203, de 25 de octubre).

El 22 de mayo de 2018 se les notificó el cumplimiento de los requisitos a los que hacen referencia los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre. El 5 de junio de 2018, Villar Mir Energía, S.L.U. presentó el justificante de pago de las tasas correspondientes a la autorización administrativa del parque eólico A Picota.

3. El 31 de octubre de 2019, Villar Mir Energía, S.L.U. presentó solicitud de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para la modificación sustancial del proyecto denominado parque eólico A Picota, al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG nº 203, de 25 de octubre).

El 3 de febrero de 2020 se les notificó el cumplimiento de los requisitos de la solicitud de modificación a los que hacen referencia los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre.

4. El 20 de enero de 2020, Villar Mir Energía, S.L.U. depositó una garantía económica por importe de 420.000 € y número de registro 33/2020, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico A Picota. El 7 de mayo de 2021, mediante la Resolución de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, se canceló dicha garantía económica.

5. El 2 de junio de 2020, el Parque Eólico A Picota, S.L. depositó una garantía económica por importe de 420.000 € y número de registro 355/2020, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico A Picota.

6. El 19 de junio de 2020, Villar Mir Energía, S.L.U. presentó una nueva solicitud de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para la modificación sustancial del proyecto denominado parque eólico A Picota, al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG nº 203, de 25 de octubre).

El 1 de diciembre de 2020 se les notificó el cumplimiento de los requisitos de la solicitud de modificación a los que hacen referencia los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre.

7. El 4 de marzo de 2021, mediante la Resolución de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, se autorizó la transmisión de titularidad del expediente administrativo del parque eólico A Picota (IN408A 2018/012), a favor del Parque Eólico A Picota, S.L.

8. El 27 de octubre de 2021 se publicó en el DOG nº 207 el Acuerdo de 15 de octubre de 2021, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, la necesidad de urgente ocupación, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental (EIA) y el proyecto de interés autonómico (PIA) del proyecto del parque eólico A Picota, en el ayuntamiento de Mazaricos (expediente IN408A 2018/012).

9. El 20 de enero de 2023, la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático formuló una declaración de impacto ambiental desfavorable relativa al parque eólico A Picota, que la hizo pública mediante el Anuncio de 20 de enero de 2023 (DOG núm. 15, de 23 de enero).

10. El 3 de julio de 2023, la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales notificó al Parque Eólico A Picota, S.L. el Acuerdo de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales por el que se inician los procedimientos de denegación de la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción y de archivo del expediente instruido del parque eólico A Picota, sito en el ayuntamiento de Mazaricos (A Coruña) y promovido por el Parque Eólico A Picota, S.L. (expediente IN408A 2018/012).

11. El 20 de octubre de 2023, el Parque Eólico A Picota, S.L. solicitó la devolución de la garantía económica por importe de 420.000 € y número de registro 355/2020.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2023

Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética y Recursos Naturales