DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Miércoles, 13 de diciembre de 2023 Pág. 68370

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

EXTRACTO de 28 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por el que se publica la Resolución de 17 de octubre de 2023 mediante la que se deniega la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, se archiva el expediente instruido del parque eólico A Espada, emplazado en los ayuntamientos de Agolada y Lalín (Pontevedra) y Antas de Ulla (Lugo) y promovido por Naturgy Renovables, S.L.U., y se cancela una garantía económica depositada para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A/2019/056).

De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 17 de octubre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se deniega la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, se archiva el expediente instruido del parque eólico A Espada, emplazado en los ayuntamientos de Agolada y Lalín (Pontevedra) y Antas de Ulla (Lugo) y promovido por Naturgy Renovables, S.L.U., y se cancela una garantía económica depositada para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A 2019/056).

Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan

La antedicha Resolución de 17 de octubre de 2023 dispone lo siguiente:

1. Denegar la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones del parque eólico A Espada, sito en los ayuntamientos de Agolada y Lalín (Pontevedra) y Antas de Ulla (Lugo) y promovido por Naturgy Renovables, S.L.U., tras la declaración de impacto ambiental desfavorable, formulada por la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático el 27 de junio de 2023.

2. Archivar el expediente del parque eólico A Espada (expediente IN408A/2019/056).

3. Cancelar la garantía depositada por Naturgy Renovables, S.L. el 29 de mayo de 2019, por importe de 1.980.000 € y número de registro 918/2019, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico A Espada.

Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución

1. El 29 de mayo de 2019, Naturgy Renovables S.L. depositó una garantía económica por importe de 1.980.000 € y número de registro 918/2019, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico A Espada.

2. El 26 de julio de 2019, Naturgy Renovables, S.L.U. presentó solicitud de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para el proyecto denominado parque eólico A Espada, al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

El 24 de septiembre de 2019 se les notificó el cumplimiento de los requisitos a los que hacen referencia los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre. El 22 de noviembre de 2019 Naturgy Renovables, S.L.U. presentó el justificante de pago de las tasas correspondientes a la autorización administrativa del parque eólico A Espada.

3. El 11 de diciembre de 2021, Naturgy Renovables, S.L.U. presentó solicitud de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para la modificación sustancial del proyecto denominado parque eólico A Espada, al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

El 6 de julio de 2022 se les notificó el cumplimiento de los requisitos de la solicitud de modificación a los que hacen referencia los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre.

4. El 10 de marzo de 2023 se publicó en el DOG núm. 49 la Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental y el proyecto de interés autonómico de las instalaciones del parque eólico A Espada, emplazado en los ayuntamientos de Agolada y Lalín (Pontevedra) y Antas de Ulla (Lugo) y promovido por Naturgy Renovables, S.L.U. (expediente IN408A 2019/056).

5. El 27 de junio de 2023, la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático formuló una declaración de impacto ambiental desfavorable relativa al parque eólico A Espada.

6. El 10 de julio de 2023, la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales notificó a Naturgy Renovables, S.L.U. el Acuerdo de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales por el que se inician los procedimientos de denegación de la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción y de archivo del expediente instruido del parque eólico A Espada, emplazado en los ayuntamientos de Agolada y Lalín (Pontevedra) y Antas de Ulla (Lugo) y promovido por Naturgy Renovables S.L.U (expediente IN408A/2019/056).

7. El 13 de julio de 2023 Naturgy Renovables, S.L.U. respondió al antedicho acuerdo y solicita la devolución de la garantía económica.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2023

Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética y Recursos Naturales