DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Miércoles, 13 de diciembre de 2023 Pág. 68363

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

EXTRACTO de 28 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por el que se publica la Resolución de 14 de noviembre de 2023 mediante la que se deniega la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, se archiva el expediente instruido del parque eólico Alto da Croa, sito en los ayuntamientos de Dumbría y Vimianzo (A Coruña) y promovido por EDP Renovables España, S.L.U., y se cancela una garantía económica depositada para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A 2020/154B).

De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se deniega la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, se archiva el expediente instruido del parque eólico Alto da Croa, sito en los ayuntamientos de Dumbría y Vimianzo (A Coruña) y promovido por EDP Renovables España, S.L.U., y se cancela una garantía económica depositada para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A 2020/154B).

Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan

La antedicha Resolución de 14 de noviembre de 2023 dispone lo siguiente:

1. Denegar la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones del parque eólico Alto da Croa, emplazado en los ayuntamientos de Dumbría y Vimianzo (A Coruña) y promovido por la sociedad EDP Renovables España, S.L.U., tras la declaración de impacto ambiental desfavorable formulada por la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático el 23 de enero de 2023.

2. Archivar el expediente del parque eólico Alto da Croa (expediente IN408A 2020/154B).

3. Cancelar la garantía depositada por EDP Renovables España, S.L.U. el 25 de enero de 2018, por importe de 429.000 € y número de registro 52/2018, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Alto da Croa.

Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución

1. El 25 de enero de 2018, EDP Renovables España, S.L.U. depositó una garantía económica por importe de 429.000 € y número de registro 52/2018, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Alto da Croa.

2. El 21 de diciembre de 2020, EDP Renovables España, S.L.U. presentó solicitud de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para el proyecto denominado parque eólico Alto da Croa, al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG nº 203, de 25 de octubre).

El 2 de julio de 2021 se les notificó el cumplimiento de los requisitos a los que hacen referencia los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre. El 12 de julio de 2021 EDP Renovables España, S.L.U. presentó el justificante de pago de las tasas correspondientes a la autorización administrativa del parque eólico Alto da Croa.

3. El 3 de agosto de 2021, EDP Renovables España, S.L.U. presentó solicitud de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para la modificación sustancial del proyecto denominado parque eólico Alto da Croa, al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG nº 203, de 25 de octubre).

El 17 de noviembre de 2021 se les notificó el cumplimiento de los requisitos de la solicitud de modificación a los que hacen referencia los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre.

4. El 8 de abril de 2022 se publicó en el DOG nº 69 el Acuerdo de 24 de marzo de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental (EIA) y el proyecto de interés autonómico (PIA) del proyecto del parque eólico Alto da Croa, en los ayuntamientos de Dumbría y Vimianzo (A Coruña) (expediente IN408A 2020/154B).

5. El 23 de enero de 2023, la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático formuló una declaración de impacto ambiental desfavorable relativa al parque eólico Alto da Croa, que la hizo pública mediante el Anuncio de 23 de enero de 2023 (DOG núm. 16, de 24 de enero).

6. El 3 de julio de 2023, la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales le notificó a EDP Renovables España, S.L.U. el Acuerdo de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales por el que se inician los procedimientos de denegación de la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción y de archivo del expediente instruido del parque eólico Alto da Croa, sito en los ayuntamientos de Dumbría y Vimianzo (A Coruña) y promovido por EDP Renovables España, S.L.U. (expediente IN408A 2020/154B).

7. El 12 de julio de 2023, EDP Renovables España, S.L.U. contestó al antedicho acuerdo y solicita acceso al expediente y a los informes emitidos por la Dirección General del Patrimonio Natural en el marco del expediente de referencia.

8. El 12 de julio de 2023, esta dirección general le remitió a EDP Renovables España, S.L.U. los informes de la Dirección General del Patrimonio Natural y de la Dirección General del Patrimonio Cultural de 20 de enero de 2023.

9. Con posterioridad a la emisión de los antedichos informes, con los que completan el expediente de la tramitación medioambiental del parque eólico de referencia, no consta en esta dirección general ninguna alegación.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2023

Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética y Recursos Naturales