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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Viernes, 16 de junio de 2023 Pág. 37685

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2023, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por la que se publica la Resolución de 6 de junio de 2023 de concesión de las ayudas convocadas en la Orden de 14 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403C).

En el Diario Oficial de Galicia número 39, de 24 de febrero de 2023, se publica la Orden de 14 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403C).

De conformidad con el artículo 17 de dicha orden, la resolución de los expedientes de ayuda, tras la fiscalización de la propuesta, corresponde a la persona titular de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, que resolverá por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social y Juventud.

Una vez finalizado el procedimiento de conformidad con las bases, el 6 de junio de 2023 el órgano competente para resolver emite la resolución que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones.

Asimismo, el artículo 18 de la misma orden establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos de requerimiento de enmienda de documentación, así como la correspondiente resolución.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 6 junio de 2023, dictada en el procedimiento BS403C, de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026, que se adjunta a la presente resolución en el anexo.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 6 de junio de 2023, que finaliza este procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de junio de 2023

Jacobo Rey Sastre
Director general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica

ANEXO

Resolución de 6 de junio de 2023 dictada en el procedimiento BS403C
de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido
durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026

Finalizado el procedimiento de conformidad con las bases, después de que el órgano instructor realizase todas las actuaciones necesarias para la determinación y comprobación de los datos de las solicitudes presentadas, y pasase las completas para su valoración a la Comisión de Valoración, una vez que esta informó, dicho órgano instructor emite la propuesta de resolución.

Vista la propuesta de resolución de la Subdirección General de Demografía y Conciliación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Orden de 14 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026,

RESUELVO:

Primero. Conceder a las personas que se relacionan en el anexo I las ayudas convocadas en dicha orden de convocatoria con cargo a las aplicaciones presupuestarias 13.02.312B.470.0 y 13.02.312B.770.0.

Las ayudas concedidas se condicionarán al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Orden de 14 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403C).

La justificación de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la orden de convocatoria.

El pago de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Orden de 14 de febrero de 2023.

Las personas beneficiarias dispondrán de un plazo de 2 meses, ampliable a tres en el caso de cooperativas de trabajo asociado, contados a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia para presentar la documentación prevista en las letras m) a p) del artículo 11.1, en caso de que no fuese presentada con la solicitud, así como para acreditar el acondicionamiento del inmueble de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.c) de la Orden de 14 de febrero de 2023.

Segundo. Dar por desistidas y desestimar las solicitudes de las personas relacionadas en el anexo II por las causas que se detallan.

Tercero. Esta resolución, que finaliza el procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de junio de 2023. La conselleira de Política Social y Juventud. P.D. (artículo 17 de la Orden de 14.2.2023; DOG núm. 39, de 24 de febrero), Jacobo Rey Sastre, director general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica.

ANEXO I

Ayudas concedidas

Nº exp.

Solicitante

NIF

Nombre casa nido

Ayuntamiento

Provincia

Puntuación

Ayuda inversión

Ayuda prima años, 2023, 2024, 2025 y 2026

BS403C/2023-2

Sonia Calvín López

***8395**

Casa Niño Folerpa

Baleira

Lugo

97,50

15.000,00 €

71.866,66 €

BS403C/2023-3

Belén Carrasco Sueiro

***3304**

Enredos

Monterrei

Ourense

95,00

15.000,00 €

71.866,66 €

BS403C/2023-4

Yolanda Parauta Rúa

***7588**

Abelliñas

Laza

Ourense

112,50

15.000,00 €

71.866,66 €

BS403C/2023-5

Coop. Caixa Titiripaca

***5669**

Sementes

Monfero

A Coruña

97,50

15.000,00 €

71.866,66 €

BS403C/2023-6

Yésica de Macedo González

***3608**

O Rincón Máxico

Lobios

Ourense

112,50

15.000,00 €

71.866,66 €

BS403C/2023-8

Antía López Álvarez

***8819**

Folerpas

Chandrexa de Queixa

Ourense

77,50

14.500,00 €

71.866,66 €

BS403C/2023-9

Jennifer López Alonso

***7375**

Vivarachos

Triacastela

Lugo

87,50

15.000,00 €

71.866,66 €

BS403C/2023-11

Rocío Mañana Bouzón

***0244**

Os Poliños do Tres

Vilarmaior

A Coruña

97,50

15.000,00 €

71.866,66 €

BS403C/2023-12

Sindy Caneiro García

***4170**

Pequena Xesta

Xunqueira de Espadanedo

Ourense

87,50

15.000,00 €

71.866,66 €

ANEXO II

Solicitudes desistidas y desestimadas

Nº exp.

Solicitante

NIF

Ayuntamiento

Provincia

Causa

BS403C/2023-1

María Barrio Díaz

***7830**

Baleira

Lugo

Desistimiento por no aportar toda la documentación requerida. Artículo 10.3 de la Orden de 14 de febrero de 2023.

BS403C/2023-10

Noelia Parada Quintáns

***2974**

Castrelo de Val

Ourense

No disponer el ayuntamiento del número de niños residentes necesarios para la puesta en marcha de la tercera casa nido. Artículo 14 de la Orden de 14 de febrero de 2023.

BS403C/2023-7

Clara María Raposo González

***2005**

O Incio

Lugo

Incompatibilidad por ser titular de una casa del mayor.

Artículo 2 de la Orden de 14 de febrero.

BS403C/2023-13

Ilda María Fernández Álvarez

***3095**

San Amaro

Ourense

No disponer el ayuntamiento del número de niños residentes necesarios para la puesta en marcha de la segunda casa nido. Artículo 14 de la Orden de 14 de febrero de 2023.