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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 158 Lunes, 22 de agosto de 2022 Pág. 44706

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

ORDEN de 10 de agosto de 2022 por la que se modifica la Orden de 20 de enero de 2022 por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para actuaciones de ayuntamientos y entidades en reservas de la biosfera de Galicia con cargo al Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para los años 2022 y 2023 (código de procedimiento MT724B).

El día 11 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 20 de enero de 2022 por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para actuaciones de ayuntamientos y entidades en reservas de la biosfera de Galicia con cargo al Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para los años 2022 y 2023.

En su artículo 1 se disponen que la orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para los años 2022 y 2023 para la concesión de ayudas para actuaciones de ayuntamientos y entidades en reservas de la biosfera de Galicia, criterios objetivos de distribución territorial y bases reguladoras para la financiación de actuaciones en reservas de la biosfera con cargo al Plan de recuperación, transformación y resiliencia, del Acuerdo de 9 de julio de 2021, de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, por lo que se aprueban los criterios de reparto y la distribución territorial de créditos relativos al componente 4, Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad.

El artículo 13 de la orden de ayudas recoge que las ayudas solicitadas serán baremadas según los siguientes criterios generales:

a) La puntuación máxima de una operación será de 130 puntos.

b) El umbral mínimo para ser subvencionable será de 65 puntos, de los cuales 30 deben obtenerse en los tres primeros criterios.

c) La igualdad de puntos, se dará prioridad a los proyectos con una mayor superficie de actuación. Si continúa el empate, se dará prioridad a aquellos proyectos con una menor relación importe/ha y, de continuar, a aquellos proyectos que incluyan acciones de formación, capacitación y planificación en reservas de la biosfera transfronterizas.

Como resultado de la aplicación del umbral mínimo establecido en el artículo 13 de la orden de ayudas, en el caso de las ayudas destinadas a ayuntamientos integrantes de las reservas de la biosfera (artículo 2.1.a), observará un elevado número de expedientes que resultan no subvencionables, a pesar de ser elegibles y disponer de presupuesto suficiente para su adjudicación.

En virtud de lo expuesto, y en el uso de las facultades que tengo conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único

Modificación del artículo 13.1 de la Orden de 20 de enero de 2022 por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para actuaciones de ayuntamientos y entidades en reservas de la biosfera de Galicia con cargo al Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para los años 2022 y 2023 en los siguientes términos:

1. Se modifica el artículo 13.1 que queda redactado como sigue:

«Las ayudas solicitadas serán baremadas según los siguientes criterios generales:

a) La puntuación máxima de una operación será de 130 puntos.

b) El umbral mínimo para ser subvencionable será de 25 puntos, en el caso de los ayuntamientos (artículo 2.1.a), de los cuales 20 deben obtenerse en los tres primeros criterios; y 65 puntos en el caso de las restantes beneficiarias (artículo 2.1.b), c) y d), de los cuales 30 deben obtenerse en los tres primeros criterios.

c) A igualdad de puntos, se dará prioridad a los proyectos con una mayor superficie de actuación. Si continúa el empate, se dará prioridad a aquellos proyectos con una menor relación importe/ha y, de continuar, a aquellos proyectos que incluyan acciones de formación, capacitación y planificación en reservas de la biosfera transfronterizas».

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de agosto de 2022

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda