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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Martes, 14 de junio de 2022 Pág. 34389

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 99/2022, de 25 de mayo, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de mejora de la PO-315, tramo puntos kilométricos 10+100 al 10+380 y en el entorno del punto kilométrico 13+500, de clave PO/15/025.06, en el ayuntamiento de Cangas.

Antecedentes:

Primero. Con fecha 28 de enero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 19 el Anuncio de 19 de enero de 2022 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción de mejora de la PO-315, tramo puntos kilométricos 10+100 al 10+380 y en el entorno del quilométrico 13+500, de clave PO/15/025.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referido.

Segundo. Tras el análisis de los informes y certificados presentados, el 2.5.2022 se aprobó el expediente de información pública y el proyecto de construcción de mejora de la PO-315, tramo puntos kilométricos 10+100 al 10+380 y en el entorno del punto kilométrico 13+500, de clave PO/15/025.06.

El objeto del proyecto es la mejora de la carretera PO-315, entre los puntos kilométricos 10+100 y 10+380, mediante la mejora de los itinerarios peatonales con nuevas aceras accesibles, la reordenación de las intersecciones, de los pasos de cebra y de las paradas de autobús. Se realizará también la renovación de la red de pluviales y la red de alumbrado público. Se realizarán también, tres actuaciones puntuales en el entorno del punto kilométrico 13+500, consistentes en dar continuidad a las aceras existentes, en el ayuntamiento de Cangas (Pontevedra). Con todo esto, se pretende conseguir una importante mejora de la seguridad viaria, reduciendo la posibilidad de la aparición de siniestros en la zona y redundando en el confort de los itinerarios peatonales.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del punto dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que dé lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticinco de mayo de dos mil veintidós,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción de mejora de la PO-315, tramo puntos kilométricos 10+100 al 10+380 y en el entorno del punto kilométrico 13+500, de clave PO/15/025.06.

Santiago de Compostela, veinticinco de mayo de dos mil veintidós

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad