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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 188 Miércoles, 16 de septiembre de 2020 Pág. 36227

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Cambados

EDICTO (209/2018).

Ivanka Ferreiro Crespo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Cambados, por el presente, anuncio que en el procedimiento ordinario nº 209/2018, se ha dictado la Sentencia 48/2020, de 1 de julio, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Fallo.

Estimando la demanda interpuesta por César Fariña Diz y María del Carmen López Fontecoba, representados por el procurador Fernando Guillán Pedreira contra Great Time, S.L., en situación legal de rebeldía procesal; se declara:

– La nulidad de la cláusula de sumisión a los juzgados de Vigo contenida en el pacto duodécimo del contrato de 23 de marzo de 2002 por ser contraria a derecho, correspondiendo exclusivamente la competencia territorial para conocer de este asunto a este órgano judicial.

– La nulidad de pleno derecho del contrato de fecha 23 de marzo de 2002 con los efectos inherentes de dicha declaración de nulidad de devolución de cantidades procedentes.

Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Great Time, S.L., se extiende el presente edicto para que sirva de cédula de notificación.

Cambados, 21 de agosto de 2020

La letrada de la Administración de justicia