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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 188 Miércoles, 16 de septiembre de 2020 Pág. 36225

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo

EDICTO (756/2017).

Yo, Anxo Gómez Santos, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, hago saber que en el presente procedimiento se pronunció sentencia con fecha de 10 de octubre de 2019, que en su encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia número 195/2019.

Vigo, 10 de octubre de 2019.

Vistos por mí, Manuel Ángel Pereira Costas, magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Vigo, los presentes autos de juicio verbal que, con el número 756/2017, se sieguen por instancia de Bankinter Consumer Finance EFC, S.A., representada por el procurador José Portela Leirós y asistida del letrado José Luis Bollaín Covarrubias, contra Rafael Javier Martínez Olmo, declarado en situación de rebeldía procesal, los cuales tienen por objeto pretensión de reclamación de cantidad basada en un contrato de préstamo.

Fallo:

Estimo parcialmente la demanda interpuesta por Bankinter Consumer Finance EFC, S.A. contra Rafael Javier Martínez Olmo, haciendo, en consecuencia, los siguientes pronunciamientos:

1º. Declarando la nulidad, por abusiva, de la condición general 22 del contrato formalizado el 17 de enero de 2005 entre Bankinter, S.A. y el demandado, en cuanto permite hacer aplicación de comisión por reclamación de recibos no pagados por importe de 12,02 euros, y condeno Rafael Javier Martínez Olmo a abonarle a Bankinter Consumer Finance EFC, S.A. la cantidad de 4.213,27 euros.

2º. No procede hacer especial pronunciamiento condenatorio en materia de costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las cuales se les hará saber que esta no es firme y que contra ella podrán interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Pontevedra en el plazo de veinte (20) días.

Así lo acuerdo, mando y firmo».

Que, en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de enjuiciamiento civil, por el presente se notifica a Rafael Javier Martínez Olmo, bajo los apercibimientos contenidos en dicha resolución.

Vigo, 14 de octubre de 2019

El letrado de la Administración de justicia