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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Lunes, 25 de mayo de 2020 Pág. 21188

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (PO 107/2018).

Yo, Paloma Recalde Álvarez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 107/2018 de este juzgado de lo social, seguido contra la empresa Galipasa, S.L., sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Autos PO núm. 107/2018.

En la ciudad de A Coruña, 13 de marzo de 2020.

Lara Munín Sánchez, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre cantidades, a instancia de Karla Lizeth Manzano Valencia, que comparece representado por la letrada Sra. Romero Rodríguez, contra la empresa Galipasa, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por Karla Lizeth Manzano Valencia contra la empresa Galipasa, S.L., la condeno a que le abone la cantidad de trescientos treinta y ocho euros y treinta y cinco céntimos (338,35 €), incrementada con el interés por demora del 10 %.

Asimismo, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma es firme.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Galipasa, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 13 de mayo de 2020

La letrada de la Administración de justicia