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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Viernes, 19 de julio de 2019 Pág. 33779

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (SSS 431/2018).

Yo, María Mercedes Santos García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de Seguridad Social 431/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Graíño Arantón contra Rocorelpi, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social, Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, Tesorería General de la Seguridad Social, sobre seguridad social, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

«Fallo

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Manuel Graíño Arantón contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, Ibermutua y la entidad Rocorelpi, S.L. y, en consecuencia, debo absolver y absuelvo a las entidades demandadas de las pretensiones contra las mismas articuladas.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar de la notificación de esta sentencia, por comparecencia o por escrito, pasados los cuales quedará firme y se procederá a su archivo.

En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la magistrada jueza que la suscribe, en el día de la fecha, celebrando audiencia pública y en mi presencia, letrada de la Administración de justicia, de lo que doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Rocorelpi, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 2 de julio de 2019

La letrada de la Administración de justicia