Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Martes, 21 de mayo de 2019 Pág. 24601

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (DSP 65/2019).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despidos/ceses en general 65/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Santiago Pais Mayo contra la empresa Redalux, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva se adjunta:

Que, estimando íntegramente la demanda de resolución contractual y reclamación de cantidad interpuesta por Santiago Pais Mayo contra Redalux, S.L., debo declarar y declaro extinguida, con fecha de esta resolución, la relación laboral existente entre el demandante y la mercantil demandada por incumplimiento contractual grave imputable a la demandada, y debo condenar y condeno a Redalux, S.L. a que le abone a Santiago Pais Mayo la suma de 67.735,90 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación contractual y la suma de 18.031,68 euros brutos en concepto de salarios debidos, más los intereses previstos en el artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores sobre dicha cantidad desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación, y los del artículo 576 de la Ley de enjuiciamiento civil a partir de esta resolución.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciendoles saber que frente a la misma podrán interpor recurso de suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

Para que sirva de notificación en legal forma a Redalux, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en tablón de anuncios de este juzgado.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 26 de abril de 2019

La letrada de la Administración de justicia