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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Lunes, 1 de abril de 2019 Pág. 16715

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (DSP 826/2018).

Despido/ceses en general (DSP) 826/2018

Sobre: despido

Demandante: Lucía López Seoane

Abogada: Ángeles Cancela Regueiro

Demandados: Fogasa y Café Bar Rakel, S.L.

Abogado: letrado de Fogasa, (…)

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 826/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Lucía López Seoane contra Café Bar Rakel, S.L. y Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Sandra María Iglesias Barral, magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 826/2018, siendo parte en el mismo, como demandante, Lucía López Seoane, asistida por la letrada Sra. Cancela Regueiro, y como demandada Café Bar Rakel, S.L., que no comparece pese a su citación en legal forma, al igual que el Fogasa, citado de oficio, sobre despido, ha pronunciado esta sentencia, en nombre del rey,

Fallo:

Se estima la demanda interpuesta por Lucía López Seoane frente a Café Bar Rakel, S.L. y, en consecuencia:

Declaro improcedente el despido de la actora y condeno a la demandada a que, a su opción, que deberá ejercitar en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la letrada de la Administración de justicia de este juzgado de lo social, proceda: a) a la readmisión de la parte demandante en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido y al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (1.10.2018) hasta que la readmisión tenga lugar; b) o bien, a abonarle una indemnización por importe ascendente a 6.844,83 euros, sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a R.L. Café Bar Rakel, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 11 de marzo de 2019

La letrada de la Administración de justicia