Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Jueves, 19 de julio de 2018 Pág. 34175

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 5 de julio de 2018, de la Subdirección General de Inspección del Transporte, por el que se notifican las resoluciones dictadas en el expediente sancionador en materia de transportes terrestres LU-00861-O-2017 y nueve más.

El director general de Movilidad dictó la resolución del expediente sancionador LU-00861-O-2017 y nueve más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.

Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la plaza de Europa, 5A, 2º, en Santiago de Compostela.

Se les comunica que contra la resolución sancionadora, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante la persona titular de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta empleando el modelo impreso que se facilitará en la Subdirección General de Inspección del Transporte.

En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.

Santiago de Compostela, 5 de julio de 2018

Marta Vázquez Sanjurjo
Subdirectora general de Inspección del Transporte

ANEXO

Expediente

Matrícula

Persona sancionada

DNI/CIF

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

LU-00861-O-2017

0724-BPR

Fernández Puerta Manuel Alberto

1077432R

La falta de identificación del conductor en una hoja de registro o documento de impresión de los tiempos de conducción y descanso, consistente en no consignar los apellidos y/o nombre, o no consignar toda la información cuando las normas de la UE reguladoras de la materia le atribuyan la consideración de infracción muy grave.

30.3.2017; 21.30.00; A8; 563,0

Art. 140.22 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

2.001 euros

LU-01136-O-2017

M-9388-SN

Sali Petrica

X5496326Q

El exceso igual o superior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 31 %.

11.5.2017; 16.44.00; N-VI; 543,8

Art. 140.23 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

3.200 euros

OU-01220-O-2017

5846-FFS

Manuel Álvarez Rodríguez

13051358P

Realizar transporte público de mercancías careciendo de título habilitante.

2.6.2017; 12.32.00; A-52; 181

Art. 140.1 LOTT

Art. 143.1.i) LOTT

4.001 euros

OU-01373-O-2017

5846-FFS

Manuel Álvarez Rodríguez

13051358P

Realizar transporte público de mercancías careciendo de título habilitante.

11.8.2017; 09.35.00; N-525; 230,0

Art. 140.1 LOTT

Art. 143.1.i) LOTT

4.001 euros

PO-01859-S-2017

3907HTZ

Gonzalo Piñeiro Graña

35300942J

No llevar el aparato taxímetro en caso de que éste fuera exigible, la manipulación del mismo, hacerlo funcionar de manera inadecuada o impedir su visibilidad a la persona usuaria, así como cuantas acciones tuvieran por finalidad alterar su normal funcionamiento, y la instalación de elementos mecánicos, electrónicos o de otra naturaleza destinados a alterar el correcto funcionamiento del taxímetro o modificar sus mediciones, aun cuando éste no se encontrase en funcionamiento en el momento de realizarse la inspección.

1.4.2017; 13.20.00; PO-531; 0.300

Art. 60.h) Ley 4/2013

Art. 63 Ley 4/2013

2.001 euros

PO-01860-S-2017

3907HTZ

Gonzalo Piñeiro Graña

35300942J

La realización de servicios de taxi o de arrendamiento de vehículos con conductor careciendo de los preceptivos títulos habilitantes o con los mismos suspendidos, anulados, caducados, revocados, sin haber realizado el visado obligatorio o por cualquier otra causa o circunstancia por la que las referidas habilitaciones expedidas para ejercer la actividad ya no sean válidas. En el supuesto de que la infracción consista en la falta de visado obligatorio y éste se hubiere realizado con anterioridad a la fecha de resolución del procedimiento sancionador, la infracción tendrá la calificación de leve.

1.4.2017; 13.20.00; PO-531; 0.300

Art. 60.a) Ley 4/2013

Art. 63 Ley 4/2013

2.001 euros

PO-01870-O-2017

PO-2290-BK

José Campos Piedras

76984064M

El exceso igual o superior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 35 %.

21.4.2017; 09.09.00; AP-9; 137,5

Art. 140.23 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

4.000 euros

PO-01924-S-2017

PO-5275-AX

José Antonio Míguez Villar

36049585Y

La realización de servicios de taxi o de arrendamiento de vehículos con conductor careciendo de los preceptivos títulos habilitantes o con los mismos suspendidos, anulados, caducados, revocados, sin haber realizado el visado obligatorio o por cualquier otra causa o circunstancia por la que las referidas habilitaciones expedidas para ejercer la actividad ya no sean válidas. En el supuesto de que la infracción consista en la falta de visado obligatorio y éste se hubiere realizado con anterioridad a la fecha de resolución del procedimiento sancionador, la infracción tendrá la calificación de leve.

5.4.2017; 16.30.00; acceso a A Lama

Art. 60.a) Ley 4/2013

Art. 63 Ley 4/2013

2.001 euros

PO-01928-O-2017

PO-7005-AX

Óscar Alonso Bastos

76996726V

El exceso igual o superior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 29 %.

10.4.2017; 20.12.00; A-55; 18,5

Art. 140.23 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

2.800 euros

XC-02078-O-2017

4282-DTR

Antonio Porto Otero

35454568E

La utilización del tacógrafo sin haber realizado su calibrado o revisión periódica en los plazos y forma establecidos.

6.5.2017; 18.00.00; AC-305; 38,0

Art. 140.34 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

0 euros