La persona titular de la Subdirección General de Inspección del Transporte dictó la resolución del expediente sancionador LU-01516-O-2017 y diez más por infracción de la normativa sobre transportes terrestres.
Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictados a las personas interesadas.
Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la plaza de Europa, 5A, 2º, en Santiago de Compostela.
Se les comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante el director general de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta empleando el modelo impreso que se facilitará en la Subdirección General de Inspección del Transporte.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.
Santiago de Compostela, 5 de julio de 2018
Marta Vázquez Sanjurjo
Subdirectora general de Inspección del Transporte
ANEXO
Expediente Matrícula |
Persona sancionada DNI/CIF |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
LU-01516-O-2017 C-8228-BK |
Stan Florina X7398782G |
Transporte de mercancías peligrosas sin la carta de porte preceptiva para las mercancías peligrosas transportadas. 24.6.2017; 19.19.00; LU-612; 15,5 |
Art. 140.15.8 LOTT. Art. 141.25 LOTT por ser vehículo ligero |
Art. 143.1.i) LOTT |
801 euros |
LU-01599-O-2017 C-8228-BK |
Stan Florina X7398782G |
Carecer de los extintores que resulten obligatorios en función del vehículo o la carga transportada, o disponer de unos cuya correcta utilización no esté garantizada. 24.6.2017; 19.19.00; LU-612; 15,5 |
Art. 141.5.3 LOTT |
Art. 143.1.f) LOTT |
801 euros |
OU-00972-O-2017 5374-HLM |
Manuel Ferreira da Costa X7294565T |
El exceso igual o superior al 15 por ciento e inferior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 19 %. 25.5.2017; 19.18.00; A-52; 132,0 |
Art. 141.2 LOTT |
Art. 143.1.f) LOTT |
0 euros |
PO-00902-O-2017 2484-GGD |
Jesús Francisco Meis Díaz 35453999M |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 12.2.2017; 21.18.00; AP-9; 137,5 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT |
801 euros |
PO-01253-S-2017 9049HCR |
M. Nuria Nieto Prego 76898811J |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante. 13.2.2017; 16.05.00; avda. Eduardo Cabello, s/n |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT |
801 euros |
PO-01255-S-2017 9049HCR |
M. Nuria Nieto Prego 76898811J |
Transporte de mercancías peligrosas sin la carta de porte preceptiva para las mercancías peligrosas transportadas. 13.2.2017; 16.05.00; avda. Eduardo Cabello, s/n |
Art. 141.25 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
801 euros |
PO-01458-O-2017 2053-DGM |
Purificación Bargiela Lago 76981214F |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 2.3.2017; 12.51.00; N-550; 155,0 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT |
801 euros |
PO-02055-O-2017 8834-FCN |
Manuel Álvarez Rodríguez 13051358P |
El exceso igual o superior al 15 por ciento e inferior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 23 %. 19.4.2017; 07.08.00; AP-9; 137,5 |
Art. 141.2 LOTT |
Art. 143.1.f) LOTT |
1.000 euros |
PO-02056-O-2017 8834-FCN |
Manuel Álvarez Rodríguez 13051358P |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 19.4.2017; 7.09.00; AP-9; 137,5 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT |
801 euros |
XC-00937-O-2017 6595-HYM |
Andrés Anido Amado 76418439L |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 20.2.2017; 12.15.00; N-651; 22,0 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT |
801 euros |
XC-01923-O-2017 6547-CCB |
Nieto Prego, María Nuria 76898811J |
Atenuante. Realizar transporte público en vehículo ligero al amparo de una autorización caducada, revocada o que por cualquier otra causa hubiese perdido su validez. 28.4.2017; 7.47.00; AP-9; 80,0 |
Art. 141.25 LOTT Art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) LOTT Art. 143.1.f) LOTT |
801 euros |