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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Martes, 12 de junio de 2018 Pág. 28819

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (PO 427/2015).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 427/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Tajes Patiño contra José Carlos Carvalho González, sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: reclamación de cantidad número 427/2015

Demandante: José Tajes Patiño

Letrada: Sra. Lareo Casal

Demandado: José Carlos Carvalho González

Sentencia 652/17

A Coruña, 22 de noviembre de 2017

Fallo:

– Estimo la demanda formulada por José Tajes Patiño frente a José Carlos Carvalho González y, en consecuencia, condeno a ésta a abonar al primero la suma de 7.895,68 euros en concepto de deuda salarial más el interés del artículo 29.3 del ET.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el magistrado juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la letrada de la Administración de justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a José Carlos Carvalho González, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 22 de mayo de 2018

La letrada de la Administración de justicia