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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 20 de abril de 2018 Pág. 21439

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

DECRETO 38/2018, de 5 de abril, por el que se aprueba el cambio de titularidad del tramo de la carretera PO-546, situado entre el punto kilométrico 5+060 (límite municipal entre el ayuntamiento de Marín y el ayuntamiento de Pontevedra) y el punto kilométrico 7+040 (comienzo en la carretera PO-551, en el pabellón de la Escuela Naval de Marín), a favor del Ayuntamiento de Marín.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El ayuntamiento de Marín es atravesado por las carreteras autonómicas PO-313, PO-546, PO-551 y VG-4.4. La carretera PO-546 recorre el ayuntamiento de Marín entre los pp.kk. 5+060 y 7+040. Este tramo de carretera discurre por suelo clasificado como urbano por el vigente Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Marín, por lo que se trata de un tramo urbano a efectos de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia. El tramo está integrado en el tejido urbano del núcleo urbano de Marín. Los márgenes de las vías están acotados por las edificaciones y cuenta con múltiples accesos a calles municipales.

La continuidad con el resto de la red autonómica se mantiene a través de la carretera VG-4.4 (Lourizán PO-12)-Ardán (PO-551) que circunvala el núcleo de Marín.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia del tramo de la carretera PO-546 situado entre el p.k. 5+060 (límite municipal entre el ayuntamiento de Marín y el ayuntamiento de Pontevedra) y el p.k. 7+040 (comienzo de la carretera PO-551 en el pabellón de la Escuela Naval de Marín) a favor del Ayuntamiento de Marín.

El Ayuntamiento de Marín acepta la transferencia de titularidad con la firma del convenio de colaboración con la Agencia Gallega de Infraestructuras para llevar acabo el acondicionamiento de la carretera PO-546 Humanización de la calle Concepción Arenal entre la rotonda de las Anclas y la calle Cantodarea.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras e Vivenda, después de deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día cinco de abril de dos mil dieciocho,

DISPONGO:

Artículo 1

Se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Marín:

– Tramo de la carretera PO-546 situado entre el p.k. 5+060 (límite municipal entre el ayuntamiento de Marín y el ayuntamiento de Pontevedra) y el p.k. 7+040 (comienzo de la carretera PO-551 en el pabellón de la Escuela Naval de Marín).

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Marín deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refire el presente decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Le corresponderá al Ayuntamiento de Marín, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, cinco de abril de dos mil dieciocho

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda