Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 453/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Francisco Arca Núñez contra Excavaciones y Obras Públicas Galicia, S.L., siendo parte el Fogasa administración concursal de Exoga (Abatha Global, S.L.P.), sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Refuerzo
Juez: Javier López Cotelo
Procedimiento: despido nº 453/2017
Demandante: Francisco Arca Núñez
Letrado: Sra. Carpintero Gamallo
Demandado: Excavaciones y Obras Públicas de Galicia, S.L., en liquidación (Exoga) comparece administrador concursal de la empresa
Administrador concursal Abatha Global, S.L.P.: Sr. Laso González
Fogasa
Letrado:
Sentencia nº 678/17.
A Coruña, 30 de noviembre de 2017.
Fallo:
– Desestimo la demanda sobre despido formulada por Francisco Arca Núñez frente a la empresa Excavaciones y Obras Púbicas de Galicia, S.L. (Exoga) y, en consecuencia, declaro procedencia de su despido declarando extinguida la relación laboral en fecha de 31.3.2017, si bien, con condena de ésta a abonar al primero la indemnización fijada a su favor en la carta de despido que asciende a la suma de 12.116,87 euros.
– La administración concursal de la empresa condenada y el Fogasa deberán de pasar por lo resuelto.
Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.
Así, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Excavaciones y Obras Publicas Galicia, S.L., en ignorado paradero, expido este edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 30 de noviembre de 2017
La letrada de la Administración de justicia