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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 8 Jueves, 11 de enero de 2018 Pág. 1959

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (482/2015).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 482/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Vilar Curros contra Proyectos Constructivos del Norte, S.L. (Proconor), Ferrovial Agroman, S.A., y Construcciones López Cao, S.L., UTE siendo parte el Fogasa sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Refuerzo

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: reclamación cantidad nº 482/2015

Demandante: Juan Villar Curros

Letrado: Sr. Romero Salgado

Demandado: Proyectos Constructivos del Norte, S.L. (Proconor)

Letrado:

– Ferrovial Agroman, S.A., y Construcciones López Cao, S.L., UTE

Letrado:

Fogasa

Letrado:

Sentencia nº 675/17.

A Coruña, 5 de diciembre de 2017.

Fallo:

– Estimo la demanda formulada por Juan Villar Curros frente a Proconor, S.L., y UTE Ferrovial Agroman, S.A., y Construcciones López Cao, S.L. y, en consecuencia,

1. Condeno a Proconor a abonar al actor la suma de 866,11 euros en concepto de indemnización por su despido por causa objetiva y 725,01 euros por indemnización por falta de preaviso, total: 1.591,12 euros.

2. Condeno a Proconor y a UTE Ferrovial Agroman, S.A., y Construcciones López Cao, S.L., solidariamente a abonar al actor la suma de 5.790,89 euros en concepto de salarios devengados y no satisfechos.

Deberán de abonar el interés del artículo 29.3 del ET.

El Fogasa deberá de estar a lo resuelto en la presente resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Proyectos Constructivos del Norte, S.L. (Proconor), Ferrovial Agroman, S.A., y Construcciones López Caso, S.L., UTE, en ignorado paradero, expido este edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 5 de diciembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia