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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miércoles, 19 de abril de 2017 Pág. 18446

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (598/2015).

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento seguridad social 598/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Cecilia Villar Gómez contra Mami Plus, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Mutua Fremap, sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia:

Santiago de Compostela, 22 de marzo de 2017.

Vistos por Sandra María Iglesias Barral, magistrada-jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela y su partido, los presentes autos de juicio nº 598/2015, seguidos a instancia de Cecilia Villar Gómez, asistida por la graduada social Sra. Mallo Nieves, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (en adelante, INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (en adelante, TGSS), asistidos por la letrada Sra. Suárez Herva; Mutua Fremap, asistida por el letrado Sr. Balo Couto; Mami Plus, S.L., que no ha comparecido, pese a su citación en legal forma, con base en los siguientes

Fallo:

Se estima la demanda interpuesta por Cecilia Villar Gómez frente a INSS, TGSS, Mutua Fremap y Mami Plus, S.L., y, en consecuencia, se condena a la entidad demandada Mami Plus, S.L. a abonar a la actora la suma de 2.240,86 euros como obligada directa al pago de la cantidad reclamada, sin perjuicio de la obligación de anticipo del pago de la prestación de la mutua codemandada y responsabilidad subsidiaria del INSS en caso de insolvencia de la mutua.

Notifíquese a las partes la presente resolución.

Contra esta resolución no cabe recurso de suplicación (artículo 191.2.g) de la LRJS).

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Mami Plus, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 28 de marzo de 2017

La letrada de la Administración de justicia