Francisco Castiñeiras Fernández, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Santiago de Compostela, por el presente anuncio:
En el presente procedimiento ordinario número 511/2010 seguido a instancia de Expersenso-Caixilharia, Unipersonal Lda. frente a Fernando Bello Seoane se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Sentencia
En Santiago de Compostela a 30 de septiembre de 2014.
Demandante: Expersenso-Caixilharia, Unipersonal Lda.
Procuradora: María Trinidad Calvo Rivas
Letrado: Javier A. de Castro de Castro
Demandado: Fernando Bello Seoane
Fallo que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por Expersenso-Caixilharia, Unipersonal Lda. contra Fernando Bello Seoane y, en consecuencia, condeno al demandado a abonar a la entidad actora la cantidad de 19.984,10 euros, más el interés legal desde el 19 de febrero de 2010 hasta la fecha de la presente resolución, en que comenzarán a devengarse los intereses del artículo 576 de la Ley de enjuiciamiento civil.
No se hace condena en costas.
Notifíquese a las partes.
Esta sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que deberá interponerse ante este juzgado en el plazo de 20 días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella. Para la interposición de dicho recurso, habrá de acreditarse la consignación de un depósito de 50 euros en la cuenta de este juzgado, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso.
Así lo acuerdo, mando y firmo, Raquel Fernández Rey, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Santiago de Compostela.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Fernando Bello Seoane, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Santiago de Compostela, 13 de octubre de 2014
El secretario judicial