Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 1114/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Gabriel Pintor March contra N.C. Hermanos, S.L. y el Fogasa, sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
Despido/ceses en general 1114/2015
Sobre despido
Demandante: Gabriel Pintor March
Abogado: Hugo Alberto Vilaboa López
Demandados: N.C. Hermanos, S.L., Fogasa
Auto.
Magistrada jueza: Patricia López Arranz
En A Coruña a 3 de agosto de 2016.
Parte dispositiva.
Se estima la solicitud de complemento de la resolución y en los hechos probados figurará lo siguiente: «desde la fecha de inicio de la relación laboral ha percibido un único pago a cuenta de nómina de 400 euros, el 9 de noviembre de 2015.
Desde el 15 de octubre de 2015 hasta el 9 de noviembre de 2015 el trabajador ha estado en situación de IT».
En el fallo de la sentencia se incluirá lo que sigue:
«Se condena a la empresa N.C. Hermanos, S.L. a abonar al actor la cantidad de 1.017,9 euros brutos, en concepto de salarios, de la que habrán de deducirse los 400 euros líquidos ya percibidos».
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma su señoría.
Y para que sirva de notificación en legal forma a N.C. Hermanos, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 3 de agosto de 2016
La letrada de la Administración de justicia