BDNS (Identif.): 314425.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas beneficiarias
Toda persona que ejerza la actividad agraria y esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga) como titular de una explotación.
Toda persona que ejerza la actividad ganadera y esté inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Galicia, de las especies de ganado bovino, ovino, caprino, porcino de la raza celta, equino, asnal, mular y apícola.
Segundo. Objeto
Reducir los ataques de las especies de fauna silvestre (jabalí, lobo, oso y otras especies), a las explotaciones agrícolas y/o ganaderas, mediante la aplicación de medidas de protección.
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria
Orden de 29 de julio de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan las especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2016.
Cuarto. Cuantía
Importe total de la convocatoria: 400.000 euros. Se destina un importe de 150.000 euros para las medidas de prevención de daños a la ganadería y de 250.000 euros para las medidas de prevención de daños a la agricultura. Se subvencionará la adquisición de:
– Perros mastines, hasta un importe máximo de 500 euros por perro mastín.
– Adquisición de pastores eléctricos. La cuantía máxima de la ayuda por explotación es de 600 euros.
– Adquisición de cercados de malla electrificada. La cuantía máxima de la ayuda será de 200 euros por malla de 50 metros, hasta un máximo de cuatro mallas por explotación.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes, contado a partir de la fecha de entrada en vigor de la orden.
Santiago de Compostela, 29 de julio de 2016
Beatriz Mato Otero
Conselleira de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio