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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Miércoles, 16 de marzo de 2016 Pág. 9823

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense

EDICTO de notificación de sentencia (1545/2014-J).

En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia cuyo encabezado y fallo literalmente copiados dicen:

«Sentencia número 945/2015.

Sra. magistrada jueza Laura Guede Gallego.

Ourense, 10 de julio de 2015.

Vistos los presentes autos número 1545/2014 sobre divorcio, promovidos por el procurador Sr. Roma, en nombre y representación de Luis Ojea Vázquez, como demandante, asistido por el letrado Sr. Valencia, frente a Avelina Masid Belmonte, declarada en rebeldía.

Fallo. Acuerdo la disolución del matrimonio formado por Luis Ojea Vázquez y Avelina Masid Belmonte, con todos los efectos legales inherentes a dicha disolución. No se imponen las costas del presente procedimiento a ninguna de las partes.

Esta sentencia no es firme. Conforme a lo dispuesto en el artículo 208.4 LEC, se indica que contra la presente resolución cabe interponer, en el plazo de 20 días, recurso de apelación (artículo 457 y ss LEC) ante este tribunal, debiendo constituir el depósito legalmente establecido.

Y una vez firme esta resolución, comuníquese de oficio para su anotación en el Registro Civil, en donde figura la inscripción del matrimonio cuya disolución se declara.

Asi lo acuerda, manda y firma SSª, doy fe».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Avelina Masid Belmonte, se extiende la presente para que sirva de notificación de sentencia. Doy fe.

Ourense, 31 de julio de 2015

La secretaria judicial