Raquel Blanco Pérez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense, por el presente,
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En el presente procedimiento seguido a instancia de Antonio Suárez Vilanova frente a Angel Georgeta se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
«Sentencia número 1211/2015.
Magistrada jueza Laura Guede Gallego.
Ourense, 24 de septiembre de 2015.
Vistos los presentes autos número 342/2015 sobre divorcio, promovidos por el procurador Sr. Roma, en nombre y representación de Antonio Suárez Vilanova como demandante asistido por el letrado Sra. Tesouro frente a Anghel Georgeta, declarada en rebeldía.
Fallo:
Acuerdo la disolución del matrimonio formado por Antonio Suárez Vilanova y Anghel Georgeta, con todos los efectos legales inherentes a dicha disolución.
Se atribuye el uso y disfrute del domicilio familiar al demandante.
No se imponen las costas del presente procedimiento a ninguna de las partes.
Esta sentencia no es firme. Conforme a lo dispuesto en el artículo 208.4 LEC, se indica que contra la presente resolución cabe interponer, en el plazo de 20 días, recurso de apelación (artículos 457 y ss. LEC) ante este tribunal, debiendo constituir el depósito legalmente establecido.
Así lo acuerda, manda y firma S.S.ª. Doy fe».
Y encontrándose dicho demandado, Anghel Georgeta, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Ourense, 2 de octubre de 2015
La secretaria judicial