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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Martes, 7 de julio de 2015 Pág. 28191

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2895/2013-AN).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 2895/2013 AN

Juzgado de origen/autos: procedimiento ordinario 1123/2012 Juzgado de lo Social número 2 de Vigo

Recurrente: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Abogado: Servicio Jurídico Seguridad Social (Provincial)

Recurridos: Tesorería General de la Seguridad Social, Vivendas Comunitarias Galiza, S.L., Mutual Midat Cyclops, María Concepción Valenzuela Álvarez, Leida Rosario Azuaje Linarez, Blanca Callejo Ibáñez, Rocío Cameselle Martínez, Sandra María Costales Rodríguez, María del Mar Vázquez Gudes

Abogados: Servicio Jurídico Seguridad Social (Provincial), (…), José Luis Feijoo Borrego, María Teresa Pereira Garrido, (…), (…), Birino Marcos Baamonde, (…), (…)

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber:

Que en el procedimiento de recurso de suplicación 2895/2013-AN, seguido a instancia del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la Tesorería General de la Seguridad Social, Vivendas Comunitarias Galiza, S.L., Mutual Midat Cyclops, María Concepción Valenzuela Álvarez, Leida Rosario Azuaje Linarez, Blanca Callejo Ibáñez, Rocío Cameselle Martínez, Sandra María Costales Rodríguez, María del Mar Vázquez Gudes, sobre otros derechos Seguridad Social, se ha dictado con fecha 5 de junio de dos mil quince la siguiente resolución, que copiada en los particulares necesarios dice así:

“Fallamos: que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la letrada de la Administración de la Seguridad Social, en la representación que ostenta del Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia de fecha diecisiete de abril de dos mil trece, dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de los de Vigo, en autos seguidos a instancia de la Mutua de Accidentes de Trabajo Midat Cyclops contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la empresa Vivendas Comunitarias Galiza, S.A., Leida Rosario Azuaje Linarez, María Concepción Valenzuela Álvarez, Blanca Callejo Ibáñez, Rocío Cameselle Martínez, Sandra María Costales Rodríguez y María del Mar Vázquez Guedes, sobre reintegro de gastos de asistencia sanitaria y prestaciones de incapacidad temporal -accidente de trabajo-, debemos confirmar y confirmamos la resolución recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).»

Y para que así conste a efectos de su publicación en el DOG, a fin de que sirva de notificación en legal forma a Vivendas Comunitarias Galiza, S.L. y Sandra María Costales Rodríguez, ambos en ignorado paradero, con último domicilio conocido en c/ Estrada, Canido, 89, Vigo, y Teixerugas, 11, P. 4, Vigo, respectivamente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 8 de junio de 2015

La secretaria judicial