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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Martes, 7 de julio de 2015 Pág. 28193

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (RSU 1795/14 IP).

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 1795/2014 de esta sección, seguido a instancia de Beatriz Pérez Louro, María Esther Barreiro Nogareda, Soledad Felisa Anguiano Igea, José Manuel Castillo Navarro, María Laura Neira Carbajales, Pablo Cebey Quintáns contra Fogasa, Laboratorios Diasa Pharma, S.A., administración concursal de Laboratorios Diasa Pharma, S.A. (Alejandro Alvargonzález Tremas), administración concursal Laboratorios Diasa Pharma, S.A. (Paulino González Canseco), administración concursal Laboratorios Diasa Pharma, S.A. (Alberto Martín Baragaña sobre Fondo Garantía Salarial, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por Beatriz Pérez Louro, María Esther Barreiro Nogareda, Soledad Felisa Anguiano Igea, José Manuel Castillo Navarro, María Laura Neira Carbajales contra la sentencia del juzgado de lo social número tres de Santiago de Compostela, en juicio seguido a instancia de los recurrentes contra el Fogasa y la empresa Laboratorios Diasa Pharma, S.A. y los administradores concursales Beatriz Pérez Louro, María Esther Barreiro Nogareda, Soledad Felisa Anguiano Igea, José Manuel Castillo Navarro, María Laura Neira Carbajales, la Sala la confirma íntegramente.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de los cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones” o “Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 20000 80 ó 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Siguen las firmas y la publicación».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Laboratorios Diasa Pharma, S.A. en la actualidad en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de junio de 2015

La secretaria judicial