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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 80 Miércoles, 29 de abril de 2015 Pág. 16589

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

EDICTO (1331/2012).

Yo, Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento sobre seguridad social 1331/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra Construcciones Manuel García Carreira, S.L., el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo:

1º. Estimo parcialmente la acción ejercida por Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo frente a la empresa Construcciones Manuel García Carreira, S.L., declarando que la empresa citada es responsable directa por falta de cotizaciones a la Seguridad Social en relación con los trabajadores y prestaciones indicadas en las letras b) a f) del hecho probado primero, condenando a tal empresa a reintegrar a la empresa el importe total de 3.519,57 euros.

2º. Estimo parcialmente la acción ejercida frente al INSS, declarando que el mismo es responsable subsidiario para el caso de insolvencia de la empresa, en relación con las prestaciones de asistencia sanitaria recogidas en las letras b) a f) del hecho probado primero, por importe de 2.470,26 euros, con condena a pasar por tal pronunciamiento para el supuesto indicado.

3º. Se desestima la acción ejercida frente a la TGSS.

Notifíquese esta resolución. Contra la presente resolución cabe recurso de suplicación en los supuestos previstos en el artículo 191 y 193 LRJS, que deberá ser anunciado ante este juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución en la forma prevista en el artículo 194 y concordantes de la LRJS, y con el cumplimiento de las obligaciones de depósito, consignación o aseguramiento previstas en los artículos 229 y siguientes de la LRJS.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Manuel García Carreira, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 8 de abril de 2015

El secretario judicial