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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 80 Miércoles, 29 de abril de 2015 Pág. 16587

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (PO 1122/2012).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1122/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Ricardo Rodríguez Blanco contra Aliart Engineering, S.L., Fogasa, Servicios y Materiales, S.A. (Sermasa) y el Ayuntamiento de A Coruña, sobre ordinario, se ha dictado fallo en la sentencia siguiente:

«Fallo:

Que estimando en parte la demanda interpuesta por José Ricardo Rodríguez Blanco, con citación del Fogasa, contra Aliart Engineering, S.L., en situación de concurso, Servicios y Materiales, S.A. (Sermasa) y el Ayuntamiento de A Coruña, debo condenar y condeno a Aliart Engineering, S.L. y Servicios y Materiales, S.A. (Sermasa) a que abonen solidariamente al actor la cantidad de 6.914 €, más el interés del 10 % por mora, con absolución del Ayuntamiento de A Coruña.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este juzgado tiene abierta en el Banco de Santander de esta ciudad, 1532-0000-60-1122-12.

E igualmente deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La extiendo yo, secretaria judicial, para hacer constar que, en la misma fecha de la sentencia, se deposita en la Secretaría de este juzgado la anterior sentencia para su notificación y publicidad en la forma permitida y ordenada por la Constitución y las leyes. Seguidamente, se libra testimonio de la sentencia para su unión a los autos. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Alliart Engineering, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 9 de abril de 2015

La secretaria judicial