Secretaría: Sra. Barrio Calle-BPB
Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 228/2013
Juzgado de origen/autos: demanda 576/2012 Juzgado de lo Social número 4 de Ourense
Recurrente: Gonzalo Rodríguez Eiro
Abogado: Antonio Valencia Fidalgo
Recurrido: Marcos Moda, S.L.
M. Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber:
Que en el procedimiento de recurso suplicación 228/2013 de esta sección, seguido a instancia de Gonzalo Rodríguez Eiro contra Marcos Moda, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
«Fallamos: que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de Gonzalo Rodríguez Eiro contra la sentencia de fecha 19 de octubre del año dos mil doce, dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de los de Ourense, en proceso sobre cantidades, promovido por la recurrente frente a la empresa Marcos Moda, S.L., debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.
Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:
– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 35, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.
– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.
– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 35 **** ++).
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Marcos Moda, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 19 de diciembre de 2014
La secretaria judicial