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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Viernes, 6 de marzo de 2015 Pág. 9393

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (771/2011).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 771/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Óscar Manuel Mosquera Pérez contra Estan Mobel, S.L.U., Fogasa, Fondo de Garantía Salarial sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Óscar Manuel Mosquera Pérez contra Estan Mobel, S.L.U., debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonarle al actor la suma de 1.004,88 euros en concepto de indemnización por despido improcedente incrementada con el interés legal de los artículos 1101 y 1108 del Código civil, y la suma de 1.972,52 euros en concepto de liquidación, con el desglose señalado en el hecho probado tercero de esta sentencia, incrementada en el interés moratorio previsto en el artículo 29.3 del ET.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa deberá estarse a lo que resulte de la aplicación del artículo 33 del ET.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma no cabe recurso.

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Estan Mobel, S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 16 de febrero de 2015

La secretaria judicial