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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 16 Lunes, 26 de enero de 2015 Pág. 3806

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (2556/2014).

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 994/2013 Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

Recurrente: Gabriel Borrazás Pan

Abogado: Fernando José Méndez Sanjurjo

Recurrido/s:

Abogado: Darío Antonio Díaz Pineda

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 2556/2014 de esta Sección, seguido a instancia de Gabriel Borrazás Pan sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial María Isabel Freire Corzo.

A Coruña, 23 de diciembre de 2014.

El anterior escrito, suscrito por el letrado Fernando José Méndez Sanjurjo, en representación de Gabriel Borrazás Pan, únase al recurso de su razón junto con sus copias.

Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina y fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta Sala. Emplácese a las demás partes para que se personen, por escrito de letrado, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días, aportando copias de dicho escrito y designando un domicilio para notificaciones en la sede de dicha Sala, debiendo acreditar la representación de la parte de no constar previamente en las actuaciones.

Se tienen por hechas las manifestaciones recogidas en los otrosíes digo del escrito y respecto al segundo, expídase testimonio de la sentencia dictada en el recurso de suplicación 1171/2010, con expresión de su firmeza, la que se unirá a la pieza separada del recurso de casación para unificación de doctrina.

Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.

La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.

Comuníquese al Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña que la resolución de esta Sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que surta sus efectos legales y sirva de notificación y emplazamiento a la empresa FC Alimentación, S.A. con último domicilio conocido en avda. de Almeiras, 49, Culleredo (A Coruña), se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento, expido y firmo la presente.

A Coruña, 23 de diciembre de 2014

La secretaria judicial