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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Viernes, 1 de agosto de 2014 Pág. 33350

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1112/2013).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 1112/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Miguel Pedreira Montes contra Entaban Biocombustibles de Galicia, S.L., administración concursal de Entaban Biocombustibles de Galicia, S.L., y Fogasa, sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 350/2014.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: resolución de contrato 1112/2013.

Demandante: Miguel Pedreira Montes.

Letrado: Sr. Arbones Maciñeira.

Demandada: Entaban Biocombustibles de Galicia, S.L.

Letrado:

Administración concursal de Entaban Biocombustibles: comparece en la persona de su administradora Sra. Cortizo Mella.

Fogasa.

Letrado:

A Coruña, 10 de julio de 2014

Fallo:

1º. Estimo la acción sobre resolución de contrato formulada por Miguel Pedreira Montes frente a la empresa Entaban Biocombustibles de Galicia, S.L., y, en consecuencia, declaro, con fecha de la presente sentencia, la extinción del contrato de trabajo existente entre el demandante y la empresa demandada, por causas imputables a la misma, condenando a ésta a que abone al primero la cantidad de 27.381,21 euros en concepto de indemnización.

2º. Estimo la acción de reclamación de cantidades adeudadas, y condeno a la empresa demandada a pagar al trabajador, en concepto de salarios adeudados, la cantidad de 33.823,95 euros.

3º. El Fogasa y la administración concursal de la empresa demandada deberán pasar por lo dispuesto en la presente resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabientes suyos, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá depositar la tasa establecida en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo, juez social de refuerzo de A Coruña.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Entaban Biocombustibles de Galicia, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 10 de julio de 2014

La secretaria judicial