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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Viernes, 1 de agosto de 2014 Pág. 33348

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (185/2014).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 185/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Lara María Vázquez Bueno contra Patentes Coruña, S.L., Castellana de Marcas y Patentes, S.L., Patentes y Marcas del Atlántico, S.L. y Fogasa, sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 395/2014.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: resolución de contrato 185/2014.

Demandante: Lara María Vázquez.

Letrado: Sr. Tomé Santiago.

Demandada: Patentes Coruña, S.L.

Letrado:

Demandada: Castellana de Marcas y Patentes, S.L.

Letrado:

Demandada: Patentes y Marcas del Atlántico, S.L.

Letrado:

Fogasa.

Letrado:

Sentencia nº 395/2014.

A Coruña, 10 de julio de 2014.

1º. Estimo la acción sobre resolución de contrato formulada por Lara María Vázquez Bueno frente a las empresas Patentes Coruña, S.L., Patentes y Marcas del Atlántico, S.L. y Castellana de Marcas y Patentes, S.L. y, en consecuencia, declaro, con fecha de la presente sentencia, la extinción del contrato de trabajo existente entre el demandante y las empresas demandadas, por causas imputables a ellas, condenando a estas a que abonen solidariamente a la primera la cantidad de 21.712,16 euros en concepto de indemnización.

2º. Estimo la acción de reclamación de cantidades adeudadas y condeno a las empresas demandadas a pagar solidariamente al trabajador, en concepto de salarios adeudados, la cantidad de 13.920,17 euros.

3º. El Fogasa deberá de pasar por lo dispuesto en la presente resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la seguridad social, o causahabientes suyos, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá depositar la tasa establecida en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo, juez social de refuerzo del Juzgado de A Coruña.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Patentes Coruña, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 10 de julio de 2014

La secretaria judicial