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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Jueves, 8 de agosto de 2013 Pág. 32091

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo

EDICTO (550/2010).

María Lago Rivero, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento seguido a instancia de Recreativos Portas, S.L. frente a Distribuciones Moroy, S.L., Moisés Rodríguez Gil y Roberto Corredoria Alonso se ha dictado sentencia en el expediente ordinario número 550/2010, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia.

En Vigo a 13 de octubre de 2011.

Vistos por María Isabel Castro Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo, los autos de juicio ordinario sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad con el número 550/2010, promovidos por Recreativos Portas, S.L., representada por la procuradora Sra. Alonso Fernández y asistida de la letrada Sra. Deza Martínez, contra Distribuciones Moroy, S.L., Moisés Rodríguez Gil y Roberto Corredoira Alonso, en situación procesal de rebeldía.

Fallo:

Estimando íntegramente la demanda promovida por Recreativos Portas, S.L., contra Distribuciones Moroy, S.L., Moisés Rodríguez Gil y Roberto Corredoira Alonso, debo resolver y resuelvo el contrato suscrito por las partes el 14 de septiembre de 2004, por incumplimiento de los demandados, condenando a los demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 29.239,93 euros, más intereses legales desde la interposición de la demanda, con expresa imposición a los demandados de las costas procesales causadas en esta instancia.

Notifíquese a las partes.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que habrá de interponerse en este juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación, para la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Y encontrándose dichos demandados, Distribuciones Moroy, S.L., Moisés Rodríguez Gil y Roberto Corredoira Alonso, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Vigo, 16 de julio de 2013

La secretaria judicial