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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Martes, 30 de julio de 2013 Pág. 30270

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1213/2011).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 1213/2011 CG.

Juzgado de origen/autos: demanda 384/2010 Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol.

Recurrente: Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo.

Abogado: Pablo Torrado Oubiña.

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Áridos de Reboredo, S.A. (Arbesa), Navantia, S.A., Izar Construcciones Navales, S.A. en liquidación, José Pena Purriños, Otemer, Ran Montajes, Navalsa, Innaval, S.L., Montajes Asturias, Empresa Eduardo Mera Painceira, Explotaciones Noroeste, S.A.

Abogados: letrado Seguridad Social, (…), Juan Luis Díaz Pulido, Francisco Javier García Ruiz, Jorge Manuel Vázquez Miranda, María Celia Veiga Ramos ,(…), (…), (…), (…), (…).

Procuradores: (…), (…), (…), (…), Luis Sánchez González, (…), (…), (…), (…), (…), (…).

M. Socorro Bazarra Varela, secretario judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 1213/2011 CG seguido a instancia de la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la empresa Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Áridos de Reboredo, S.A. (Arbesa), Navantia, S.A., Izar Construcciones Navales, S.A., en liquidación, José Pena Purriños, Otemer, Ran Montajes, Navalsa, Innaval, S.L., Montajes Asturias, empresa Eduardo Mera Painceira, Explotaciones Noroeste, S.A. sobre accidente, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallamos: estimando el recurso de suplicación interpuesto por la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social gallega contra la Sentencia de 22 de noviembre de 2010 del Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol, dictada en juicio seguido a instancia de José Pena Purriños contra la recurrente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y las empresas Áridos de Reboredo, Izar, Navantia, Otemer, Pan Montajes, Navalsa, Innaval, Montajes Asturias, Eduardo Mera Painceira y Explotaciones del Noroeste, la sala la revoca y, con desestimación íntegra de la demanda rectora de actuaciones, absolvemos a la totalidad de los demandados de la totalidad de los pedimentos de la demanda, acordando la devolución total de depósitos, consignaciones y aseguramiento.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y siguientes de la Ley de procedimiento laboral. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, número 1552 0000 80 (nº de recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala número 1552 0000 37 (nº de recurso) (dos últimas cifras del año).

Y para que así conste a efectos de su publicación en el DOG, a fin de que sirva de notificación en forma a Otemer, Ran Montajes, Navalsa, Innaval, S.L., Montajes Asturias, Empresa Eduardo Mera Painceira y Explotaciones Noroeste, S.A., actualmente en ignorado paradero, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo la presente.

A Coruña, 9 de julio de 2013

La secretaria judicial