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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 97 Jueves, 23 de mayo de 2013 Pág. 18038

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (5104/2010).

María Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 5104/2010-S de esta sala, seguido a instancia de Manuel Passos de Barros Menina contra el INSS, la TGSS, Cotobad Gestion Mantenimiento, S.L., Ergasat Mutua Patronal Accidentes Trabajo, sobre accidente de grado, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de Manuel Passos de Barros Menina, contra la sentencia de 13 de septiembre de 2010, dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Vigo, en proceso promovido por el recurrente frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la empresa Cotobad Gestión Mantenimiento, S.L. y la mutua Ergasat, debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo Social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al Juzgado de lo Social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a Cotobad-Gestion Mantenimiento, S.L., con último domicilio conocido en Pontevedra, c/ Benito Corbal, nº 14, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 30 de abril de 2013

La secretaria judicial