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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Jueves, 18 de abril de 2013 Pág. 11890

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (396/2011).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 396/2011 a instancia de Patricia Bermúdez Buide y Rocío Blanco Miramoentes contra la empresa Establecimientos Corral, S.L., sobre cantidad, en los que recayó sentencia el 21 de marzo de 2013 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo.

Se estima la demanda interpuesta por Patricia Bermúdez Buide y Rocío Blanco Miramontes frente a Establecimientos Corral, S.L. y, en consecuencia, se condena a la empresa Establecimientos Corral, S.L. a abonar a las actoras las siguientes cantidades: a Patricia Bermúdez Buide la cantidad de 6.099,79 euros y a Rocío Blanco Miramontes la cantidad de 6.645,25 euros.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Establecimientos Corral, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 27 de marzo de 2013

El secretario judicial