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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Jueves, 18 de abril de 2013 Pág. 11891

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (6/2013).

Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 6/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María de los Ángeles Lorenzo Fernández contra Felicita Fernández Pardo, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

El embargo de bienes propiedad de la ejecutada, Felicita Fernández Pardo, hasta cubrir el importe de la suma reclamada que asciende a 5.697,15 euros de principal más 535,55 euros de recargo de mora y 550 euros presupuestados para intereses y costas.

1. Finca número 87953. Urbana, vivienda piso con anexos, sita en la avenida de las Américas, número 93, bloque I, escalera 1, planta 5, puerta B. Referencia catastral número 6630004PH1663S0015XY, superficie útil sesenta y ocho metros treinta y nueve decímetros cuadrados. Vivienda letra B situada en el nivel 6 o quinta planta alta de viviendas con anexo de trastero número 41 en el desván. Inscrita en el tomo 1312, folio 873, folio 190, alta 3, del Registro de la Propiedad número 1 de Lugo.

2. Finca número 87925/G11. Urbana, garaje sito en la avenida de las Américas, 93-97, planta sótano. Superficie construida tres mil doscientos un metros treinta decímetros cuadrados. Plaza de garaje número 11 (3/318 avas partes indivisas del conjunto formado por las plantas en nivel 2 y nivel 1). Inscrita en el tomo 1423, folio 984, folio 143, del Registro de la Propiedad número 1 de Lugo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Felicita Fernández Pardo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Lugo, 22 de marzo de 2013

El secretario judicial