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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Jueves, 7 de marzo de 2013 Pág. 6939

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (400/2012).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 (refuerzo) de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 400/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Concepción Sánchez Couceiro contra la empresa Gestión Comercializadora Urbanística, S.L., sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 6 de febrero de 2013.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre resolución de contrato 400/2012, siendo demandante José Concepción Sánchez Couceiro, asistida por el letrado Sr. Pena Díaz, y demandada la empresa Gestión Comercializadora Urbanística, S.L. (Gestur, S.L.).

Dispongo:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Concepción Sánchez Couceiro contra la empresa Gestión Comercializadora Urbanística, S.L. (Gestur, S.L.) y, en consecuencia, declaro, con efectos de la fecha de la presente sentencia, la resolución de la relación laboral existente entre la trabajadora y la empresa, como consecuencia del incumplimiento contractual del empresario, condenando a la empresa demandada a abonar a Concepción Sánchez Couceiro la suma de 39.102,44 euros, en concepto de indemnización, así como la cantidad de 6.045 euros, en concepto de salarios y demás conceptos retributivos adeudados, cantidad, esta última, que deberá incrementarse con el interés de mora del 10% respecto de los conceptos de carácter estrictamente salarial.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que deberá anunciarse en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia.

Inscríbase en el libro registro de su clase.

Así lo pronuncio, mando e firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Gestión Comercializadora Urbanística, S.L. (Gescur, S.L.), se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y fijación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 13 de febrero de 2013

La secretaria judicial