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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Jueves, 7 de marzo de 2013 Pág. 6941

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2013, de la Secretaría General de Medios, por la que se somete a información pública la solicitud de licencia para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual radiofónica del Ayuntamiento de Ares.

El Ayuntamiento de Ares (A Coruña) presentó el 26 de marzo de 2012 una solicitud de licencia para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual radiofónica.

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, a través de la Subdirección General de Planificación y Gestión del Espectro Radioeléctrico de la Dirección General de Telecomunicaciones, resolvió con fecha de 1 de octubre de 2012 acordar la reserva provisional de frecuencia a favor de este municipio, una vez que se indicó su viabilidad técnica y se cumplieron los requisitos exigidos en el artículo 4.b) y c) del Real decreto 1273/1992, de 23 de octubre, por el que se regula el otorgamiento de concesiones y la asignación de frecuencias para la explotación del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia por las corporaciones locales.

Según el artículo 26 del Decreto 102/2012, de 29 de marzo, que desarrolla el servicio de comunicación audiovisual radiofónica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, previamente al otorgamiento de la licencia para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual radiofónica por entidades locales, es necesario evaluar si el nuevo servicio se ajusta a la misión de servicio público y si altera la competencia en el mercado audiovisual, con el objeto de que el resto de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual radiofónica, del mismo ámbito de cobertura, formulen las alegaciones que consideren convenientes.

Por todo lo anterior, y de acuerdo con el antedicho artículo 26.1 del Decreto 102/2012, así como con el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común

RESUELVO:

Someter al trámite de información pública por un período de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, la solicitud del Ayuntamiento de Ares (A Coruña) de una licencia para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual radiofónica con las siguientes características:

Municipio

Ares

FMhz (frecuencia de emisión en megahertzios)

107,5

Longitud

8W1438

Latitud

43N2534

Cota (en metros, del centro emisor)

1

HEFM (altura efectiva máxima de la antena en metros)

37,5

PRAW (potencia radiada aparente total máxima en vatios, suma de las potencias radiadas máximas en cada plano de polarización)

0,025

P (polarización de la emisión)

Mixta

D (característica de radiación)

No directiva

Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual del mismo ámbito de cobertura que se consideren afectados podrán presentar sus alegaciones en esta secretaría general, calle de O Hórreo, 61, 15701 Santiago de Compostela, en el plazo de veinte (20) días. Asimismo, y durante el mencionado plazo, también se podrá examinar la citada solicitud.

Santiago de Compostela,18 de febrero de 2013

Alfonso Cabaleiro Durán
Secretario general de Medios