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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Lunes, 21 de enero de 2013 Pág. 1768

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (823/2011).

Número de autos: Seguridad Social 823/2011.

Demandante: Jesús Antonio Barreiro Andrade.

Demandado: Intermediaria Pesquera Gallega, S.L., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo.

María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de Seguridad Social 823/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Jesús Antonio Barreiro Andrade contra la empresa Intermediaria Pesquera Gallega, S.L., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Jesús Antonio Barreiro Andrade contra Intermediaria Pesquera Gallega, S.L. y Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo y Servicio Gallego de Salud (Sergas) y, en consecuencia, debo condenar y condeno a Intermediaria Pesquera Gallega, S.L. al abono de la cantidad de 1.162,50 € devengados por incapacidad temporal durante el mes de enero de 2011, y con obligación de anticipo de la misma por la entidad Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, sin perjuicio de las acciones que para su reintegro ejercite.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Se advierte al destinatario, la empresa Intermediaria Pesquera Gallega, S.L, que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 1 de febrero de 2012

La secretaria judicial