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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Jueves, 10 de enero de 2013 Pág. 906

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 26 de diciembre de 2012 sobre aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Mesía.

El Ayuntamiento de Mesía eleva, para su aprobación definitiva, el expediente del Plan general de ordenación municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

El Ayuntamiento de Mesía dispone en la actualidad de unas normas subsidiarias de planeamiento municipal aprobadas definitivamente el 26 de junio de 1987.

I. Antecedentes.

1. Mediante Orden de 27 de julio de 2012 esta consellería acordó, de conformidad con el artículo 85.7.b) de la LOUG, no otorgar la aprobación definitiva al Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Mesía, que había sido aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento el 24 de abril de 2012, mientras no se realizasen las modificaciones necesarias para corregir las deficiencias que la propia orden establecía.

2. El Pleno del Ayuntamiento de Mesía, en sesión de 19 de octubre de 2012, aprobó provisionalmente el documento del Plan general de ordenación municipal, después de introducir las oportunas modificaciones, y tras la emisión de los informes técnico y jurídico, ambos de fecha 9 de octubre de 2012.

3. Advertidos errores en la documentación remitida a esta consellería, el Ayuntamiento Pleno de Mesía, en sesión de 17 de diciembre de 2012, adoptó el acuerdo de aprobar la adenda al documento de aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal, y remitirla a la Secretaría General de Ordenación del Territorio de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, para incorporarla al expediente de aprobación definitiva del PGOM.

II. Análisis y consideraciones.

Una vez analizada la documentación aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno de Mesía el 19 de octubre de 2012, modificada por la adenda aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno el 17 de diciembre de 2012, en relación con las consideraciones contenidas en la anterior Orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de 27 de julio de 2012, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se pudo comprobar que las consideraciones contenidas en la anterior orden fueron tenidas en cuenta y que se introdujeron las correcciones necesarias para dar cumplimiento a las mismas.

Según lo dispuesto en los artículos 85.7 y 227 de la LOUG, para resolver sobre la aprobación definitiva, se analizó la integridad y suficiencia de los documentos que integran el plan; la conformidad del plan con la legislación urbanística vigente y la adecuación de sus determinaciones a la protección del medio rural; la incidencia del plan sobre las materias de competencia autonómica y sobre las políticas autonómicas de desarrollo sostenible, y la articulación de las infraestructuras de carácter local con los elementos vertebradores del territorio de alcance supramunicipal.

El modelo de ordenación propuesto por el PGOM de Mesía se ajusta, en lo fundamental, a los criterios expresados en la LOUG, reconoce el sistema tradicional de asentamientos, establece para ellos una ordenación propia, define las necesarias protecciones para los terrenos que las precisan, prevé ámbitos para el futuro desarrollo de usos residenciales y productivos, y dota al Ayuntamiento de una ordenación propia para favorecer el desarrollo equilibrado y sostenible del territorio.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general corresponde al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 93.4 de la LOUG, y en el artículo 1 del Decreto 44/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

III. Resolución.

En consecuencia, y visto lo que antecede,

RESUELVO:

Primero. Otorgar la aprobación definitiva al Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Mesía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 85.7.a) de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y de protección del medio rural de Galicia.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y las ordenanzas del PGOM aprobado definitivamente.

Tercero. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2012

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras