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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Jueves, 10 de enero de 2013 Pág. 909

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 26 de diciembre de 2012 sobre la aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Camariñas.

El Ayuntamiento de Camariñas remite el Plan general de ordenación municipal y solicita su aprobación definitiva, conforme a lo previsto en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Analizada la documentación adjuntada y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

1. Antecedentes.

I.1. La Comisión Superior de Urbanismo de Galicia, en su sesión de 19 de septiembre de 2012, sometió a estudio y consideración a solicitud formulada por el Ayuntamiento de Camariñas en cuanto a la posibilidad de reducción de la franja de servidumbre de protección de costas en varios ámbitos territoriales, al amparo de lo previsto en el artículo 32.2.e) de la LOUG, y acordó informar favorablemente sobre esa reducción únicamente en los sectores Ponte do Porto-UNDR-B1 y Ponte do Porto-UDR-B1.

I.2. Por Orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de 25 de septiembre de 2012, se resolvió no otorgar la aprobación definitiva al PGOM de Camariñas, señalando una serie de deficiencias a subsanar.

I.3. El Ayuntamiento de Camariñas elaboró un nuevo documento de PGOM para dar cumplimiento a la citada orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras y para corregir las determinaciones del PGOM afectadas por el acuerdo de la CSU. Este documento fue aprobado en sesión plenaria de 12 de diciembre de 2012 y remitido a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en solicitud de aprobación definitiva al amparo del artículo 85.7 de la LOUG.

I.4. En el expediente administrativo municipal constan los preceptivos informes técnico, jurídico y de intervención, de 30 de noviembre de 2012.

2. Análisis y consideraciones.

II.1. El Ayuntamiento incorporó en el PGOM las correcciones consecuencia del acuerdo de la Comisión Superior de Urbanismo respecto de la reducción de la franja de protección de costas.

II.2. Respecto del cumplimiento de los informes sectoriales que habían sido emitidos con consideraciones, consta:

• Respecto del informe de la Dirección General de Infraestructuras, consta la ejecución de la vía de servicio en el núcleo NR-12 Prado.

• Respecto del informe de Augas, se recogió la determinación del artículo 2.6 del PHGC.

• Respecto de la memoria ambiental, constan justificaciones o cumplimientos de los apartados en ella señalados.

• Respecto del informe autonómico en materia de costas, se recogió la clasificación de suelo rústico de protección de costas.

• Respecto de los informes municipales, constan las justificaciones requeridas.

II.3. Según lo dispuesto en los artículos 85.7 y 227 de la LOUG, para resolver sobre la aprobación definitiva, se analizó la integridad y suficiencia de los documentos que integran el plan; la conformidad del plan con la legislación urbanística vigente y la adecuación de sus determinaciones a la protección del medio rural, y la incidencia del plan sobre las materias de competencia autonómica y sobre las políticas autonómicas de desarrollo sostenible y la articulación de las infraestructuras de carácter local con los elementos vertebradores del territorio de alcance supramunicipal.

El modelo de ordenación propuesto por el PGOM de Camariñas se ajusta, en lo fundamental, a los criterios expresados en la LOUG, reconoce el sistema tradicional de asentamientos, establece para ellos una ordenación propia, define las necesarias protecciones para los terrenos que las precisan, prevé ámbitos para el futuro desarrollo de usos residenciales y productivos, y dota al Ayuntamiento de una ordenación propia para favorecer el desarrollo equilibrado y sostenible del territorio.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general corresponde al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 93.4 de la LOUG, y en el artículo 1 del Decreto 44/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

3. Resolución.

En consecuencia, y visto lo que antecede,

RESUELVO:

Primero. Otorgar la aprobación definitiva al Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Camariñas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 85.7.a) de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y de protección del medio rural de Galicia.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y ordenanzas del PGOM aprobado definitivamente.

Tercero. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2012

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras