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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Lunes, 10 de diciembre de 2012 Pág. 46173

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña

EDICTO (234/2012).

María Blanco Aquino, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hace saber que en el procedimiento despido/ceses en general 234/2012 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Marcos Blanco Vázquez contra la empresa Electrobes Coruña, S.L., administración concursal Electrobes Coruña, S.L., Fogasa, sobre despido, se ha dictado la sentencia de fecha 9 de julio de 2012, cuya parte dispositiva dice:

«Fallo que debo estimar y estimo la demanda formulada por Marcos Blanco Vázquez, con DNI 32785019-V contra la empresa Electrobes Coruña, S.L., y califico como improcedente el despido de fecha 1 de febrero de 2012, y, ante la imposibilidad de readmisión, declaro extinguida la relación laboral del actor con la empresa demandada, con efectos a fecha de hoy, día 9 de julio de 2012, condenando a dicha empresa a estar y pasar por tal declaración, y a que abone al trabajador las siguientes cantidades:

Indemnización

Salarios de trámite

31.959,15 € (622,5 días * 51,34 €)

8.163,06 € (159 días)

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándolo mediante escrito o comparecencia ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente a su notificación. De ser recurrente la empresa demandada deberá acreditar mediante la exhibición ante este juzgado el resguardo acreditativo de depositar la cantidad objeto de condena (clave de ingreso 1531-60) en la cuenta de este juzgado abierta en Banesto, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en la cual se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista debiendo acreditar también en la indicada cuenta (clave de ingreso 1531-34) la consignación de la suma de 300 euros preceptivas para recurrir, sin este cumplimiento non se tendrá por anunciado el recurso.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Electrobes Coruña, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de noviembre de 2012

La secretaria judicial