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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Martes, 23 de octubre de 2012 Pág. 39999

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pontevedra

EDICTO (839/2011).

Patricia Raposo Fernández, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pontevedra, por el presente anuncio que en el presente procedimiento de juicio verbal 839/11 seguido a instancia de Alhambra Distribuidora Meridional, S.L. frente a Unión Sueños 985, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Sentencia 56/2012.

Pontevedra, 16 de abril de 2012.

Vistos por Ignacio de Frías Conde, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pontevedra, los presentes autos de juicio verbal seguidos en este juzgado al número 839/2011 a instancia de Alhambra Distribuidora Meridional, S.L., representada por la Procuradora Sra. Conde Abuín y defendida por el Letrado Sr. Ruiz de Velasco, frente a Unión Sueños 985, S.L., en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo que estimo la demanda interpuesta por Alhambra Distribuidora Meridional, S.L. frente a Unión Sueños 985, S.L., y condeno a Unión Sueños 985, S.L. a pagar a Alhambra Distribuidora Meridional, S.L. la suma de 3.748,49 euros, más los intereses legales de esta suma desde el 17 de noviembre de 2011 hasta la fecha de esta resolución, y desde esta los intereses del artículo 576 de la LEC.

Las costas procesales se imponen a Unión Sueños 985, S.L.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la misma».

Y encontrándose dicho demandado, Unión Sueños 985, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Pontevedra, 19 de julio de 2012

La secretaria judicial