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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Jueves, 10 de mayo de 2012 Pág. 17548

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia de los autos 810/2011 y acumulados 994/2011.

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 810/2011 y acumulados 994/2011 a instancia de Juan Carlos Gómez Calviño contra la empresa Adicional Logistics España, S.L. y Mensajería Urgente Mediterranea, S.L., sobre despido, en los que recayó sentencia en fecha 16 de enero de 2012 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo que estimo la demanda interpuesta por Juan Carlos Gómez Calviño contra las empresas Adicional Logistics España, S.L. y Mensajería Urgente Mediterránea, S.L., sobre resolución contractual por modificación sustancial de condiciones de trabajo, y condeno a la empresa a abonarle al actor la indemnización correspondiente por los años trabajados entre el 1 de agosto de 2001 y el 23 de agosto de 2011, teniendo en cuenta que su salario diario es de 75,73 euros, y ello con las limitaciones fijadas en el artículo 56 del Estatuto de los trabajadores.

Que estimo en parte la demanda sobre despido interpuesta por Juan Carlos Gómez Calviño contra las empresas Adicional Logistics España, S.L. y Mensajería Urgente Mediterránea, S.L. y condeno a las empresas a abonarle los salarios de tramitación desde el 23 de agosto de 2011 hasta la fecha de la presente resolución y que ascienden a 11.056,24 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarse previamente ante este juzgado de lo social en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a contar desde el día siguiente a su notificación, por comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o representante legal, designando al Letrado que deberá interponerlo, siendo posible el anuncio por mera manifestación de aquélla al ser notificada.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a las empresas Adicional Logistics España, S.L. y Mensajería Urgente Mediterranea, S.L. expido y firmo la presente.

A Coruña, 19 de abril de 2012.

La secretaria judicial