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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Viernes, 16 de marzo de 2012 Pág. 9484

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo

EDICTO (593/2011).

María Lago Rivero, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo, por el presente anuncio, en el presente procedimiento seguido a instancia de Banco Popular Español, S.A., frente a Sotega, S.L. y Antonio González Martínez, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

En Vigo a 26 de enero de 2012.

Vistos por María Isabel Castro Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo, los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad con el número 593/2011, promovidos por Banco Popular Español, representado por el procurador Sr. Fandiño Carnero y asistido por el letrado Sr. Surís Regueiro, contra Sotega, S.L. y Antonio González Martínez, en situación procesal de rebeldía.

Fallo.

Estimando íntegramente la demanda promovida por la representación de Banco Popular Español contra Sotega, S.L. y Antonio González Martínez, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 24.018,23 euros, más intereses al tipo pactado del 29% desde la fecha de cierre de la cuenta, y el pago de las costas procesales causadas en esta instancia.

Notifíquese a las partes.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que habrá de interponerse ante este juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación, ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banesto, en la cuenta de este expediente, indicando en el campo concepto la indicación «Recurso» seguida del código «02 Civil-Apelación».

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación «Recurso», seguida del código «02 Civil-Apelación».

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Y encontrándose dichos demandados, Sotega, S.L. y Antonio González Martínez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que les sirva de notificación en forma».

Vigo, 17 de febrero de 2012.

La secretaria judicial