DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Martes, 9 de julio de 2024 Pág. 41383

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2024 por la que se da publicidad de las ayudas concedidas a inversiones en materia de bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, al amparo de la Orden de 17 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de las ayudas destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, y se convocan para el año 2023 (códigos de procedimiento MR406B y MR406C), Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el procedimiento MR406C.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 17.1.b) de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario a que se imputen, el beneficiario, la cantidad concedida y la finalidad o finalidades de la subvención.

Según el artículo 11 de la Orden de 17 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de las ayudas destinadas a inversiones en bioseguridad en viveros acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, y se convocan para el año 2023, se publicará en el Diario Oficial de Galicia (DOG), de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la resolución correspondiente, que producirá los efectos de notificación.

En su virtud, la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

RESUELVE:

Dar publicidad a la resolución por la que se resuelven las solicitudes de ayuda presentadas al amparo de la Orden de 17 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de las ayudas destinadas a inversiones en materia de bioseguridad en viveros acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MR406C), Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, que figuran en el anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 26 de junio de 2024

La conselleira del Medio Rural
P.D. (Orden de 17.11.2015)
José Silvestre Balseiros Guinarte
Director general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

ANEXO

a) Norma reguladora de la convocatoria: Orden de 17 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de las ayudas destinadas a inversiones en materia de bioseguridad en viveros acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MR406C), Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

b) Aplicación presupuestaria: 14.04.713E.770.1.

c) Crédito presupuestario: 655.720,24 € financiado al 100 % por la Administración general del Estado. Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

d) Establecimiento de la cuantía de la ayuda: la cuantía de la subvención está entre un mínimo del 40 % y el máximo del 70 % sobre una inversión máxima de 120.000,00 € por cada instalación.

e) Finalidad: inversiones en bioseguridad en viveros acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción con la finalidad de mejorar la sostenibilidad, la competitividad y la resiliencia del sector agroalimentario desde el punto de vista económico, ambiental y social en centros de producción de material vegetal de reproducción.

f) Objetivo estratégico/operativo/instrumental: mejorar la resiliencia y la competitividad de un sector económico estratégico como el sector agroalimentario, apoyando la consecución de los objetivos climáticos, ambientales y de descarbonización de la economía.

Política palanca: política número 1 «Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura».

Componente 3 «Transformación ambiental y digital del sector agroalimentario y pesquero».

Medida: inversión 3 «Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (II): refuerzo de los sistemas de capacitación y bioseguridad en viveros y centros de limpieza y desinfección».

Subproyecto: apoyo a la inversión en bioseguridad en viveros de Galicia.

g) Obligaciones en materia de empleo:

Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las siguientes obligaciones en materia de empleo, sin perjuicio de las eventuales limitaciones al respecto relacionadas con el régimen de normativa de ayudas del Estado que sea de aplicación:

i. Tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, por lo menos, durante el período de prestación de las actividades objeto de subvención.

ii. Prestar las actividades objeto de la subvención desde centros de trabajo situados en España.

iii. Contribuir a la creación y mantenimiento en España de todo el empleo necesario para la prestación de la actividad objeto de la subvención, que se realizará con personal contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional.

h) Plazo de ejecución: 12 meses desde la concesión de la subvención.

i) Los beneficiarios de las subvenciones garantizarán el pleno cumplimento del principio de no causar un prejuicio significativo al ambiente (DNSH), durante todas las fases del diseño y ejecución del proyecto.

j) Requisitos de comunicación de la financiación pública del proyecto:

– Las acciones de información y comunicación contarán con el emblema de la Unión Europea y la referencia al fondo europeo que financia la actuación.

– En los lugares de realización de la actuación se informará del apoyo de los fondos a través de un cartel de un tamaño mínimo de A3 en un lugar destacado y visible.

– Informar a través de la página web, en caso de disponer de ella, sobre el proyecto y la ayuda financiera recibida de la Unión Europea y sobre los objetivos y resultados de la operación financiada.

– Exhibir de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que indique «Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU», junto al logo del PRTR disponible en el enlace https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual, en particular cuando promuevan acciones y sus resultados, facilitarán información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.

k) Otras obligaciones:

Conservar los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como la documentación justificativa de la aplicación de los fondos recibidos durante un periodo de 5 años a partir de la recepción del último pago. Este periodo será de 3 años si la financiación es de un importe inferior o igual a 60.000,00 euros.

l) Según lo indicado en el artículo 21.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, notificada la resolución definitiva por el órgano competente, los interesados propuestos como beneficiarios dispondrán de un plazo de diez días para su aceptación, transcurrido el cual sin que se produzca manifestación expresa se entenderá tácitamente aceptada.

La aceptación de la ayuda implica la aceptación de la inclusión de las personas beneficiarias en la lista de operaciones a publicar, con el contenido previsto en el punto 1 del anexo XII y el artículo 115.2 del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

m) Recursos administrativos:

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la conselleira del Medio Rural en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de esta notificación de resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123, y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

– Personas beneficiarias (MR406C):

Nº expediente

Puntuación

Nombre/razón social

NIF

Inversiones

Inversión
aprobada

Intensidad de la ayuda

Importe de la ayuda

MR406C_2023_36_000001

Criterio 1

0

Cultivos Casaita, S.L.

B36297406

Actuación en sección 1: estructura metálica en 3.450 m2 para instalaciones de desinfección, y actuación sección 2: estructura metálica completada con plástico en 2.850 m2, con solera

119.821,61 €

70 %

83.875,13 €

Fecha de entrada

Criterio 2

2

20.11.2023

Criterio 3

0

Total

2

Total

83.875,13 €

Nº expediente

Puntuación

Nombre/razón social

NIF

Inversiones

Inversión
aprobada

Intensidad de la ayuda

Importe de la ayuda

MR406_2023_36_000002

Criterio 1

0

Agrogrande, S.L.

B94037991

Estación de lavado de bandejas y generador desinfectante

96.567,21 €

70 %

67.597,05 €

Fecha de entrada

Criterio 2

2

Obra complementaria

20.279,11 €

70 %

14.195,38 €

23.11.2023

Criterio 3

0

Total

2

Total

81.792,43 €

Nº expediente

Puntuación

Nombre/razón social

NIF

Inversiones

Inversión
aprobada

Intensidad de la ayuda

Importe de la ayuda

MR406C_2023_15_000003

Criterio 1

0

Fundación Paideia Galiza

G15798655

Malla antitrips; mesa y solera

13.983,00 €

70 %

9.788,10 €

Fecha de entrada

Criterio 2

2

24.11.2023

Criterio 3

0

Total

2

Total

9.788,10 €

Nº expediente

Puntuación

Nombre/razón social

NIF

Inversiones

Inversión
aprobada

Intensidad de la ayuda

Importe de la ayuda

MR406C_2022_36_000004

Criterio 1

3

Rubén Fernández Fernández

****1700**

Maquinaria para termoterapia

57.200,00 €

70 %

40.040,00 €

Fecha de entrada

Criterio 2

0

Obra complementaria

1.300,00 €

70 %

910,00 €

23.11.2023

Criterio 3

0

Total

3

Total

40.950,00 €

Criterios de puntuación:

Criterio 1. Productores de derecho privado de campos de planta madre de frutales y vid de categoría inicial y campos de planta madre de base

de cítricos: 3 puntos.

Criterio 2. Resto de productores de derecho privado: 2 puntos.

Criterio 3. Productores de derecho público: 1 punto.

En caso de empate en puntos, se prioriza el orden de presentación de solicitudes.