DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Jueves, 4 de julio de 2024 Pág. 40619

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 19 de junio de 2024 por la que se clasifica de interés cultural la Fundación Florencio Delgado Gurriarán.

Una vez examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Florencio Delgado Gurriarán, con domicilio en la calle Rúa San Roque, nº 8, en O Barco de Valdeorras (Ourense).

Hechos:

1. El 21 de diciembre de 2023 Débora Álvarez Moldes, secretaria del patronato de la Fundación, presentó una solicitud de clasificación, declaración de interés gallego y su correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Florencio Delgado Gurriarán la constituyeron Emilio Vega Rodríguez, María Ildara Gillmore y Celia Martha Carmen Delgado Teijeiro, mediante una escritura pública otorgada el 4 de diciembre de 2023, ante la notaria de O Barco de Valdeorras (Ourense) Gabriela Marqués Mosquera, con número de protocolo 1.830.

Tras el requerimiento de 1 de marzo de 2024, la Fundación aporta una escritura otorgada el 4 de abril de 2024, en el mismo lugar y ante la misma notaria, con número de protocolo 324, que incluye una nueva composición del patronato (con el relevo de la secretaria indicada en el punto 1) y un texto completo de sus estatutos.

3. La Fundación, según el artículo 6 de sus estatutos, tiene por objeto: «promover el estudio y difusión de la obra y vida del escritor gallego Florencio Delgado Gurriarán; apoyar y fomentar la lengua gallega como idioma vehicular de las actividades culturales, contribuyendo al proceso de normalización lingüística de Galicia; asistir al progreso de la comarca de Valdeorras y al enriquecimiento, disfrute, conocimiento, difusión y prestigio de las manifestaciones culturales y artísticas más relevantes de su historia y actualidad, dentro y fuera de su ámbito territorial».

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por María Ildara Gillmore, como presidenta; Emilio Vega Rodríguez, como vicepresidente; María Elva Delgado Vázquez, como secretaria; y Celia Martha Carmen Delgado Teijeiro, Miguel Bautista Carballo, Lucio Santalla Quiroga, Ángel Fernández Fernández, Camilo Fernández González, Ángel López Baranga y Aurelio Blanco Trincado, como vocales.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes la propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Florencio Delgado Gurriarán, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de Secretarios Generales, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, le corresponde a esta Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 11 de junio de 2024,

DISPONGO:

Clasificar de interés cultural la Fundación Florencio Delgado Gurriarán, adscribiéndola al protectorado de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, según el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; pudiéndose interponer en el plazo de un mes, previamente y con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 19 de junio de 2024

Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes