DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Miércoles, 12 de junio de 2024 Pág. 35768

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 29 de mayo de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 28 de mayo de 2024 relativa a la solicitud de deslinde formulada por los representantes de los montes vecinales en mano común Coto de Trellerma y el de Acevedo, Porriño, Conchada, Bidueiros y Feal, en el ayuntamiento de Toén.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes del monte vecinal en mano común (MVMC) Coto de Trellerma, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común (CMVMC) de Trellerma, y los del de Acevedo, Porriño, Conchada, Bidueiros y Feal, perteneciente a la CMVMC de la Parroquia de Moreiras y Trelle, en el ayuntamiento de Toén, resultan los siguientes:

Hechos:

Primero. El 13.6.2023 la CMVMC de Trellerma presentó un escrito (Rexel 2023/1749093) en el que solicitan la aprobación de un deslinde con la CMVMC de Moreiras y Trelle.

Con la solicitud se presentó la siguiente documentación:

– Acta de de deslinde.

– Certificaciones de aprobación de las respectivas asambleas generales.

– APlanos del deslinde.

– Acta de conciliación levantada en el Juzgado de Paz de Toén.

Segundo. El informe del Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense de 3 de julio de 2023 hace constar que la documentación presentada corresponde al deslinde parcial del perímetro límite entre el MVMC Coto de Trellerma, perteneciente a la CMVMC de Trellerma, y la finca o monte Conchada, del MVMC Acevedo, Porriño, Conchada, Bidueiros y Feal, perteneciente a la CMVMC de Moreiras y Trelle, desde el vértice 1 (el situado más al N) hasta la intersección, con la carretera provincial O-0518 Moreiras-Trellerma, de la recta que une el anterior con el vértice 2 (el situado más al S).

Después de analizar los vértices y su emplazamiento se observa que:

• El punto inicial de la línea (vértice 1, Penedo do Viento) coincide con el punto inicial de la línea de deslinde parroquia de Toén-Trellerma (vértice 1); esta última reconoce y valida implícitamente la confluencia de las tres citadas comunidades (Trellerma-Moreiras y Trelle-Toén) en el punto en cuestión.

• El punto final del deslinde, determinado genéricamente (según el acta del acuerdo) por la intersección indicada anteriormente, se situaría en el punto de coordenadas X: 586.585, Y: 4.682.779.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el jurado provincial de montes vecinales en mano común, tras el examen de la documentación presentada, dictará la resolución correspondiente, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 3 de julio de 2023, el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 14 de mayo de 2024:

Aprobar el acto de conciliación acordado por las juntas rectoras de los MVMC Coto de Trellerma, perteneciente a la CMVMC de Trellerma, y el MVMC Acevedo, Porriño, Conchada, Bidueiros y Feal, perteneciente a la CMVMC de Moreiras y Trelle, en el ayuntamiento de Toén.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 29 de mayo de 2024

Luis Jorge Álvarez Ferro
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de
Montes Vecinales en Mano Común de Ourense